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Aclaraciones relativas a la flexibilización de algunas restricciones en núcleos de hasta 10.000 habitantes
22/05/2020
Versión 22/05/20
Se podrán beneficiar aquellas personas empadronadas o que hayan permanecido en los últimos catorce días en un núcleo de población de hasta 10.000 habitantes cuya densidad de población sea inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado. Las novedades son las siguientes:
Paseos de población infantil
- Limitación geográfica: el municipio o hasta 5 kilómetros, si el núcleo de población adyacente tiene hasta 10.000 habitantes y está dentro de la provincia
- Número de personas participantes: sin límite entre convivientes
- Lugar: cualquiera donde esté permitido
- Duración: sin franjas horarias y sin limitación temporal
- Se podrá hacer uso de vehículo motorizado o transporte público
Paseos de adultos o deporte no federado (aficionado)
- Limitación geográfica: el municipio o hasta 5 kilómetros, si el núcleo de población adyacente tiene hasta 10.000 habitantes y está dentro de la provincia
- Número de personas participantes: individual en deporte, en pareja conviviente en paseos
- Lugar: cualquiera donde esté permitido
- Duración: sin franjas horarias y sin limitación temporal
- Se podrá hacer uso de vehículo motorizado o transporte público
Hostelería y restauración
- Se podrá reabrir los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, según lo establecido en el capítulo IV de la Orden SND/414/2020
- Las terrazas no sufren variación
Velatorios y entierros
- Los velatorios tendrán un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados
- La comitiva para el entierro será de hasta 25 personas más el ministro de culto o persona asimilada
Lugares de culto
- Se limita el aforo al 50 por ciento
Bibliotecas
- Podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado
- Se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos de las bibliotecas destinados para el uso público de los ciudadanos
- Se permitirá el préstamo interbibliotecario entre núcleos de hasta 10.000 habitantes o que estén en fase 2
- Las salas infantiles y las colecciones de libre acceso permanecerán cerradas
Actividad e instalaciones deportivas
- Se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas cubiertas, mediante cita previa
- Se podrá proceder a la apertura de las piscinas al aire libre o cubiertas para la realización de actividades deportivas, mediante cita previa