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La Seguridad Social tramitó en Navarra 7.076 permisos por nacimiento y cuidado de menor en 2024
![Pies de un bebé Pies de un bebé](/dam/es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/navarra/actualidad/notas_de_prensa/notas/2025/01/2025-01-30/bebe.jpg)
30/01/2025
La Seguridad Social tramitó en Navarra 7.076 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor durante el año pasado. De ellas, 3.218 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 3.858, al segundo progenitor. El gasto en esta prestación en 2024 ascendió a 60.569.143 euros.
En el conjunto del país, se han tramitado 471.644 expedientes de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor por un importe total de 3.613 millones de euros.
La duración media de las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor activas entre enero y diciembre de 2024 ha sido de 102,7 días para las mujeres y 92,5 días para los hombres.
Estas cifras corresponden al número de expedientes gestionados, no al número de personas perceptoras, ya que la prestación puede disfrutarse por periodos semanales, y se contabiliza cada vez que se inicia uno de ellos.
La prestación por nacimiento y cuidado de menor, que sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, entró en vigor el 1 de enero de 2021 y supone la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo de inicio del descanso por parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y en https://prestaciones.seg-social.es/servicio/prestacion-nacimiento-adopcion-cuidado-menor.html?categoria=nacimiento-adopcion-embarazo. También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.
Excedencia por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar
Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en 2024 fue de 2.186, de las que 1.829 correspondieron a mujeres y el resto, 357, a hombres. El número de excedencias ha aumentado un 3,41 por ciento respecto al año anterior. En el conjunto del país fueron 53.471 las excedencias dadas de alta.
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.