Los proveedores pueden confirmar desde hoy su adhesión al plan del Gobierno para cobrar en mayo sus facturas
02/04/2012
- Hasta el 22 de abril podrán comunicarlo por vía telemática y hasta el 20 de abril entregándolo en papel en el ayuntamiento. Las EELL podrán introducir información de nuevas facturas en los cinco primeros días hábiles de abril y mayo
El lunes 2 de abril es el primer día en el que los proveedores pueden comunicar que quieren cobrar sus facturas pendientes dentro del mecanismo extraordinario de Plan de Pago abierto por el Gobierno. Para ello tienen dos opciones, conectarse a la base de datos de la Agencia Tributaria o, alternativamente, acudir a los ayuntamientos que les adeudan para hacer esa misma gestión en formato papel.
La información que necesitan aportar por proveedor en cualquiera de las dos vías es:
- Número de Cuenta Corriente (se facilitará el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas internacionales, el BIC).
- Importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.
Los proveedores tienen hasta el día 22 de abril, por vía telemática, y hasta el 20 de abril en papel, para comunicar su voluntad de acudir al procedimiento, porque en caso contrario no van a cobrar por esta vía. La solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la entidad local implica la aceptación por parte de éstos de acudir al procedimiento.
Comunicación por vía telemática
Si optan por la presentación telemática, los proveedores deben acceder a la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) e identificarse mediante Certificado Electrónico de Usuario emitido por alguna de las autoridades de Certificación admitidas por la Agencia Tributaria, por ejemplo, el DNI electrónico y los emitidos por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.
Los proveedores deben consignar el NIF (ya sea de personas físicas o jurídicas) que figure en las facturas emitidas a las entidades locales, lo que les permitirá acceder a la relación de facturas de ese NIF e indicar la voluntad de acudir al procedimiento de pago, identificando la cuenta bancaria donde quieren que les sea satisfecho el mismo y el importe de la quita, en caso de existir.
Una vez que manifiesten su decisión voluntaria de acudir al Plan de Pago a Proveedores, la tesorería de la respectiva entidad local excluirá de los posibles pagos ordinarios a dichos proveedores.
Presentación presencial
Alternativamente, pero no a la vez, los proveedores pueden dirigirse a la entidad local comunicando por escrito su decisión de acudir al mecanismo de pago, facilitando el NIF, el Número de Cuenta Corriente y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.
Si los proveedores optan por la vía presencial, posteriormente las entidades locales deberán comunicarán esa información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia Tributaria.