Abel Losada valora la eficiencia del dispositivo de la Agencia Tributaria para al declaración de la Renta

Abel Losada valora la eficiencia del dispositivo de la Agencia Tributaria para al declaración de la Renta

07/06/2024

Visita la sede de la Agencia Tributaria en Pontevedra donde se va a atender durante la fase presencial a más de 22.000 personas

En lo que va de campaña se han presentado un 6,4% más de declaraciones que durante el mismo período del año pasado

La Agencia Tributaria estima que devolverá un total de 180 millones de euros a los 493.000 contribuyentes de la provincia


El subdelegado del Gobierno, Abel Losada, visitó la sede de la Agencia Tributaria para conocer el dispositivo que comenzó el pasado lunes, día 3 de junio, para la presentación presencial de las Declaraciones del IRPF 2023. En la visita estuvo acompañado de Daniel Gómez, delegado de la Agencia Tributaria en Pontevedra; Mariano García, jefe de Gestión, y Roberto Rúas, secretario general.

Este año en la provincia de Pontevedra se prevé la presentación de 493.000 declaraciones, un 1,2% más, de las cuales se espera que unas 336.000, algo más del 68%, den derecho a devolución por un importe global estimado de 180 millones de euros.

Daniel Gómez explicó, tras recorrer la zona de puestos de atención a la ciudadanía con cita previa, que el número de contribuyentes que se prevé atender durante la campaña presencial en la provincia de Pontevedra, supera las 22.000 personas, cifras similares a las del año pasado. En la provincia se pone a disposición de los ciudadanos un potente despliegue territorial, al tener operativas hasta 6 plataformas de atención presencial. Concretamente en las localidades de Pontevedra, Vigo, A Estrada, Tui, Ponteareas y Vilagarcía de Arousa.

El subdelegado aplaudió la calidad del servicio que se presta en la Agencia Tributaria y la “atención exquisita” con la que se informa y asesora a las personas que acuden a presentar su Declaración de la Renta. “También en esto, España es un ejemplo para muchos otros países del mundo y resulta muy gratificante ver en persona la eficiencia con la que se desarrolla esta fase presencial de la campaña”.

Arranca la asistencia en oficinas

El servicio de confección de declaraciones de IRPF en las oficinas se prestará hasta el día 1 de julio, siendo el horario de mañana de 08:30 a 14:00h, y en horario de tardes de 15:30 a 18:30h.

La asistencia en oficinas se ofrece con un esquema de apertura progresiva adaptado a la capacidad de absorción de los centros de atención. Por tanto, si en un momento dado el contribuyente no encuentra citas disponibles, ello no significa que no queden citas, sino que se volverán a abrir más citas en fechas siguientes. En todo caso, la Agencia recomienda no esperar a esa nueva apertura, sino optar por el ‘Le Llamamos’, que seguirá contando con capacidad suficiente de absorción de la demanda.

Quiénes no están obligados a declarar

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite se ha elevado a 15.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, además, con los siguientes rendimientos íntegros:

-          Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.

 

-          Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV, al igual que los trabajadores por cuenta propia con alta en el RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, de acuerdo con la normativa que aprueba el nuevo régimen de cotización de los autónomos.