El MARM no tramita ningún estudio de impacto ambiental para aprovechamiento hidroeléctrico que no haya pasado antes por la Xunta de Galicia

15/10/2008


 Las actuaciones del Ministerio en el campo de las Evaluaciones de Impacto Ambiental son una obligación para todas las administraciones, a la vez que un derecho para los ciudadanos y una garantía de sostenibilidad.

 Los dictámenes del MARM han coincidido siempre con los de los órganos competentes del Gobierno gallego.

 El MARM insiste en que un estudio de Impacto Ambiental es un trámite que cuenta con amplia participación pública, en la que se tramitan todas las alegaciones presentadas, y cuenta con las suficientes garantías para minimizar los impactos que las actuaciones evaluadas pudieran tener, así como que una Evaluación de Impacto Ambiental no significa de antemano una aprobación.

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino quiere recordar, ante la desinformación difundida sobre este asunto, que no está tramitando ningún estudio de impacto ambiental para proyectos de aprovechamiento hidroeléctrico en Galicia que no haya pasado antes por los órganos competentes de la Xunta de Galicia. En este sentido, las actuaciones de la Administración están presididas por el principio de legalidad y la defensa del interés general de todos los ciudadanos.

El MARM quiere recordar que las Evaluaciones de Impacto Ambiental son presentadas por los promotores de los proyectos para su sometimiento, junto con los proyectos mismos, al trámite de información pública y que está obligado legalmente a formular las declaraciones de impacto ambiental de las actuaciones en las que el “órgano sustantivo” pertenezca a la Administración General del Estado. La realización de estas evaluaciones es una obligación para las administraciones y a la vez es un derecho de todos los ciudadanos afectados y una garantía de sostenibilidad.

Asimismo, el MARM recuerda también que en todos los proyectos sujetos a este procedimiento, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio realiza una primera consulta a la Comunidad Autónoma afectada, en este caso la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Medio Ambiente e Desenvolvemento Sostible, remitiendo la documentación ambiental inicial del proyecto. Si el proyecto está sometido a evaluación de impacto ambiental, simultáneamente a la información pública del estudio de impacto ambiental, la Xunta de Galicia debe ser, además, posteriormente consultada por el órgano sustantivo, que en este caso es la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

No se puede olvidar que en el caso de Galicia, las resoluciones dictadas por el MARM han sido coincidentes con el sentido de las dictadas por los órganos competentes.

Por otra parte hay que insistir, para evitar la confusión creada, que la concesión de aprovechamientos hidráulicos ha de hacerse en todo caso en coherencia con el Plan Hidrológico de Cuenca vigente en cada momento.

El nuevo Plan, que actualmente se encuentra en proceso de elaboración, va a incorporar las nuevas orientaciones de la directiva marco del Agua, entre ellas la exigencia de participación pública de las administraciones afectadas; y agentes económicos y sociales. Este Plan está actualmente en el trámite de exposición pública del documento denominado “Esquema de temas importantes”. Posteriormente se someterá a la evaluación ambiental estratégica de acuerdo con la Ley 9/2006 sobre evaluación de los efectos determinados planes y programas en el medio ambiente, evitando así los efectos acumulativos de los impactos negativos en un mismo espacio.