El Gobierno se declara no competente para revisar el decreto de 1937 por el que se segregó parte del término municipal de Dos Hermanas (Sevilla)
21/01/2011
Consejo de Ministros
· La competencia exclusiva corresponde a la administración autonómica, al tratarse de una modificación que afectaría a dos municipios de la comunidad
El Consejo de Ministros ha acordado en su reunión de hoy, a propuesta del vicepresidente tercero del Gobierno y ministro de Política Territorial y Administración Pública, Manuel Chaves, y previo informe de la Abogacía del Estado, no admitir a trámite la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) para la revisión de oficio del Decreto 337 aprobado por la administración franquista el 28 de julio de 1937, que supuso la segregación de parte de su término municipal y su agregación al de Sevilla.
El Gobierno entiende que la Administración General del Estado no es competente para decidir en este caso, ya que la alteración de dos términos municipales situados en una misma comunidad autónoma es actualmente competencia exclusiva de la autonomía en la que están situados.
Ya fueron en su momento inadmitidas otras solicitudes de revisión de oficio que afectaban a supuestos sustancialmente iguales a éste y que afectaban a términos municipales situados en otras comunidades.
Por su parte, la Junta de Andalucía desestimó la solicitud de alteración de los términos municipales planteado por el Ayuntamiento de Dos Hermanas, decisión que fue apoyada sucesivamente por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y por el Tribunal Supremo.