Ya han presentado su declaración diez millones de contribuyentes de IRPF, 500.000 más que el año pasado a falta de un tercio de campaña

01/06/2016

Más de 10.062.000 contribuyentes han presentado su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2015 (IRPF 2015) a día de hoy, lo que supone 543.000 contribuyentes más que en la misma fecha del año pasado. Se consolida así la aceleración de las presentaciones con respecto al ejercicio anterior cuando se han completado ya dos tercios de la campaña de declaración.

A fecha de hoy la Agencia ha devuelto ya 4.075 millones de euros a más de 6.212.000 contribuyentes, de forma que más del 75% de las devoluciones solicitadas y el 65% de los importes correspondientes, ya han sido abonados, cifras similares a las que se registraban por estas fechas el año pasado. El número de devoluciones crece un 1,43% con respecto a igual fecha del año anterior, mientras que el importe devuelto aumenta un 2,45%.

Está previsto que la presente campaña cuente con 19.708.000 declaraciones. De ese total, 14.673.000 declaraciones darán derecho a devolución, por un importe total de 10.858 millones de euros, y 4.260.000 declaraciones saldrán con resultado a ingresar, por importe de 7.948 millones de euros.

El servicio de atención con cita previa se mantendrá hasta el 30 de junio, último día de la campaña, pero la vía de presentación por internet (www.agenciatributaria.es) sigue a disposición de los contribuyentes que prefieran agilizar sus gestiones sin tener que desplazarse hasta las oficinas de la Agencia o entidades colaboradoras.

La vía de internet sigue siendo la utilizada por la mayoría de contribuyentes para presentar su declaración de IRPF. En estos momentos, casi 8.900.000 declaraciones, un 88% del total, se han presentado por internet, lo que supone 30 puntos más que hace cinco años a igualdad de fechas.

Seis millones de declaraciones presentadas con ‘RENTA WEB’
De los más de diez millones de contribuyentes que han presentado ya su declaración, 6.022.000 han utilizado la nueva plataforma ‘RENTA WEB’, lo que supone un incremento de casi el 11% con respecto a las presentaciones de borradores por internet que se habían realizado a esta fecha en la campaña del pasado año.

Frente a ello, las presentaciones con el programa ‘PADRE’ descienden un 0,9% debido a la sensible reducción del colectivo de contribuyentes que este año siguen obligados a presentar su declaración con el tradicional programa de ayuda que ofrece la Agencia Tributaria, combinado con la aceleración general de las presentaciones que se viene registrando.

Destaca también la evolución de las declaraciones a ingresar ya presentadas hasta el momento, más de 1,5 millones, lo que supone un incremento de casi el 14% con respecto a las cifras de la pasada campaña en las mismas fechas.

En estos momentos son ya más de 9.380.000 los contribuyentes que han navegado y generado sus borradores y datos fiscales a través de ‘RENTA WEB’, la plataforma única habilitada para una gestión más simple y flexible por internet de todas las declaraciones de Renta que no incluyan rendimientos de actividades económicas.

RENTA WEB cuenta con un potencial de usuarios estimado en más de 15.260.000 declaraciones, casi el 80% del total, incluyendo tanto a aquellos contribuyentes que el año pasado podían utilizar el tradicional borrador de IRPF (unos 13,6 millones), como a más de 1.660.000 contribuyentes que el año pasado aún estaban obligados a utilizar el ‘PADRE’ o programas de ayuda equivalentes.

Servicio de cita previa
Tanto la presentación de declaraciones y borradores con RENTA WEB, como la presentación telemática de la declaración a partir del programa PADRE o equivalentes, acelera la devolución y evita al contribuyente los desplazamientos a las plataformas habilitadas por la Agencia Tributaria y las entidades colaboradoras.

En todo caso, para una asistencia más personalizada, la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente sus oficinas y servicios telefónicos. Al objeto de mitigar en la medida de lo posible una eventual pérdida de citas en perjuicio del conjunto de los contribuyentes, la Agencia Tributaria quiere recordar a los ciudadanos que pueden modificar la hora y día asignados para su cita, o comunicar a la propia Agencia que han decidido no hacer uso de la misma. El calendario de citas se va abriendo progresivamente, por lo que se recomienda un uso paulatino del servicio.

Quiénes no están obligados a declarar
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, este año el límite se amplía desde los 11.200 hasta los 12.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos:

- Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.

- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Revisión de datos personales y económicos
Siempre resulta conveniente revisar la propuesta de declaración que ofrece la Agencia Tributaria. Si se obtiene a través de RENTA WEB, la información será la más actualizada posible pero, en todo caso, la Agencia puede no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar al borrador.

Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes:

- Inmuebles y sus referencias catastrales
- Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2015)
- Arrendamientos de inmuebles
- Transmisiones
- Aportaciones a planes de pensiones
- Cuotas sindicales
- Percepciones por subvenciones
- Deducciones familiares y por maternidad
- Deducción por inversión en vivienda habitual
- Deducciones autonómicas

Vías de presentación de la declaración
Existen varias vías para presentar la declaración, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta cualquier día, hasta el 25 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la campaña de Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el 7 de noviembre).

Nota completa con cuadros comparativos sobre la evolución de la campaña