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La Seguridad Social ha tramitado en Navarra 1.767 permisos por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre
29/04/2024
La Seguridad Social ha tramitado en Navarra 1.767 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre del año. De ellas, 816 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 951, al segundo progenitor. El gasto en esta prestación entre enero y marzo ascendió a 14.455.135 euros.
En el conjunto del país, se han tramitado 119.575 expedientes de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor por un importe total de 888 millones de euros.
Estas cifras corresponden al número de expedientes gestionados, no al número de personas perceptoras, ya que la prestación puede disfrutarse por periodos semanales, y se contabiliza cada vez que se inicia uno de ellos.
La prestación por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual y no transferible de los dos progenitores. Sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas, seis de las cuales deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos antes de que el bebé cumpla un año.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y a través de https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimiento-cuidado-menor.html.
También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.
Excedencia por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar
Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en el primer trimestre del año es de 498, de las que 430 correspondieron a mujeres y el resto, 68, a hombres. El número de excedencias ha aumentado un 8,97 por ciento respecto al mismo periodo del año anterior. En el conjunto del país fueron 11.741 las excedencias dadas de alta.
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.