La Ministra de Administraciones Públicas solicita al Consejo de Estado el informe necesario para recurrir la ley de consulta popular del Parlamento vasco
02/07/2008
La ley no se puede recurrir ante el Tribunal Constitucional hasta que se publique en el Boletín Oficial del País Vasco
- El informe del Consejo de Estado es preceptivo para recurrir ante el Tribunal Constitucional la norma aprobada por el Parlamento vasco el pasado 27 de junio
- El recurso del presidente del Gobierno supondrá la suspensión inmediata de la ley de convocatoria y regulación de una consulta popular en el País Vasco
- El Gobierno manifiesta su determinación de presentar el recurso tan pronto como sea posible y espera que las formaciones políticas demuestren su lealtad al Estado de Derecho y no utilicen este tema con fines partidistas
La Ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, ha solicitado hoy al Consejo de Estado el informe necesario para recurrir ante el Tribunal Constitucional la Ley del País Vasco 9/2008, de 27 de junio, de convocatoria y regulación de una consulta popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política, impulsada por el lehendakari Juan José Ibarretxe.
Transcurridos ya cinco días desde su aprobación en el Parlamento vasco, la ley aun no se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco.
De acuerdo con la legislación vigente y con la doctrina del Tribunal Constitucional, el presidente del Gobierno no puede presentar el recurso de inconstitucionalidad, que exige el informe del Consejo de Estado, antes de que la ley, aprobada por el Parlamento autonómico el pasado 27 de junio, se publique en el Boletín Oficial del País Vasco.
No obstante, el Ejecutivo ha decidido solicitar ya el informe preceptivo del Consejo de Estado como muestra de su determinación de interponer recurso contra esta ley en el plazo más breve posible. La interposición de este recurso por parte del presidente del Gobierno llevará aparejada la suspensión automática de la norma, según lo establecido en el artículo 161.2 de la Constitución española.
OTROS POSIBLES RECURSOS CONTRA LA LEY
En el supuesto de que diputados o senadores del PP o de cualquier otro partido político deseen interponer un recurso contra la ley de consulta popular aprobada por el Parlamento vasco, también deberán esperar a que se publique esta norma en el Boletín Oficial del País Vasco.
A diferencia del recurso que interpondrá el presidente del Gobierno, en el caso de la presentación de recursos por parte de partidos políticos la Constitución no prevé la suspensión inmediata de la ley.
El Gobierno espera de los partidos políticos, especialmente del principal grupo de la oposición, que demuestren su lealtad al Estado de Derecho y, por tanto, no utilicen este tema con fines partidistas poniendo en cuestión, de forma injustificada, la firme voluntad del Gobierno de interponer el recurso tan pronto como legalmente sea posible.