Jordi Sevilla presenta el Informe sobre el anteproyecto de Ley Básica del Gobierno Local

07/07/2006

Delimita el ámbito competencial propio de los gobiernos locales


  • Se introduce un sistema de gobierno local más operativo y eficiente
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministerio de Administraciones Públicas sobre el anteproyecto de Ley Básica del Gobierno y de la Administración Local, que establece los principios mínimos comunes que regulan el funcionamiento de los entes locales en España, respetando el ámbito competencial autonómico y la potestad de autoorganización de las entidades locales. El texto legal ha sido negociado con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y con los representantes de las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Locales. Esta Ley supondrá el desarrollo del principio de autonomía local establecido en la Constitución y en la Carta Europea, por lo que se puede considerar como el Estatuto de Autonomía de los municipios. El objetivo es dotar a los Entes Locales de competencias claras y de recursos suficientes como vienen solicitando estas entidades. Diez puntos más destacables:
A modo de resumen, se pueden destacar los diez puntos más relevantes del anteproyecto de Ley, norma que se aplicará a los 8.111 municipios españoles, las 41 diputaciones provinciales y los 10 cabildos insulares existentes:
1.- Se reconoce la naturaleza política de la autonomía local, a partir del pleno respeto al principio democrático del que emanan los gobiernos locales. 2.- Se delimita el ámbito competencial propio de los gobiernos locales, teniendo en cuenta nuestro modelo territorial. 3.- Se configura la potestad normativa local como expresión de un gobierno democrático, que tiene su justificación directa en la propia Constitución, sirviendo la Ley Básica para marcar un límite a la ordenanza. 4.- Se regula un modelo de intermunicipalidad en el que la provincia no es algo distinto de los municipios, sino que forma parte de la misma comunidad política local. 5.- Se introduce un sistema de gobierno local más operativo y eficiente, partiendo del principio de que éste debe responder a la dinámica entre mayoría y minoría. 6.- Se clarifican los derechos políticos de los miembros de los entes locales, a través de un Estatuto de los cargos representativos locales. 7.- Se recogen principios fundamentales para la mejora de la financiación local, especialmente los de autonomía financiera y financiera. 8.- Se impulsa la participación ciudadana mediante la incorporación del Estatuto del Vecino, que recoge sus derechos y deberes. 9.- Se articula mejor la cooperación interadministrativa, de manera que se garantice una participación adecuada de los entes locales en la toma de decisiones que les afecten, al tiempo que se reconoce la capacidad de interlocución de la FEMP. 10.- Se impulsan los planteamientos relativos a la igualdad de género, tanto en la redacción del texto como a través de la inclusión de medidas que fomentan la participación y la integración de las mujeres en el ámbito del gobierno y la administración local.