La suspensión de plazos administrativos dejará de estar vigente el 1 de junio

La suspensión de plazos administrativos dejará de estar vigente el 1 de junio

22/05/2020

El Consejo de Ministros ha aprobado la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, relativa a la suspensión de plazos administrativos, de manera que, con efectos 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará.