La AGE solicita aclaraciones sobre la Ley que integra el Hospital Francisco Grande Covián en el Servicio de Salud del Principado de Asturias

19/05/2010

Ley de Asturias 2/2010


Esta petición se produce después de que el Defensor del Pueblo trasladara las quejas de ciudadanos por la forma en que se realiza la integración del personal

 
El Ministerio de Política Territorial propone a la Comunidad Autónoma iniciar el procedimiento del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para resolver las dudas planteadas
 
 
La Administración General del Estado (AGE) ha propuesto al Principado de Asturias la aplicación del procedimiento del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para aclarar las dudas suscitadas sobre la Ley de Asturias 2/2010, que tiene por objeto la integración del Hospital del Oriente de Asturias Francisco Grande Covián en el Servicio de Salud de esta Comunidad Autónoma.
 
En concreto, las dudas planteadas corresponden a la integración del personal que se detalla en el artículo único, apartado 2, y la disposición adicional de la citada Ley. En concreto, se indica:
 
“El personal al que se refiere el número 2 del artículo único de esta Ley conservará a todo efecto legal el conjunto de sus derechos laborales activos y pasivos, categoría profesional y puesto de trabajo en el Hospital de Oriente de Asturias Francisco Grande Covián. El personal que en el futuro se incorpore al centro lo hará de conformidad con las disposiciones generales vigentes en materia de personal que resulten aplicables al personal de servicio de salud del Principado de Asturias”.
El Defensor del Pueblo ha trasladado un escrito en el que se hace eco de las quejas de ciudadanos sobre este apartado y en el que considera que éstos plantean “dudas razonables sobre el texto de la Ley”.
 
Específicamente, se refieren a la forma en que el personal de la antigua Fundación pública Hospital Grande Covián se integraría en el Servicio de Salud de Asturias, ya que éste “no ha accedido a sus puestos de trabajo de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad”, según argumentan.
 
A la vista de estas consideraciones, el Ministerio de Política Territorial ha solicitado al Principado de Asturias el inicio del procedimiento del artículo 33.2 de la LOTC. En caso de aceptarse, el plazo para la interposición de un eventual recurso pasaría de 3 a 9 meses, venciendo entonces el 20 de diciembre del presente año. Durante este periodo, ambas Administraciones tratarán de aclarar las dudas referidas y adoptarán, si procede, el correspondiente acuerdo.