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El plazo para solicitar el voto por correo para los residentes en España se inició ayer
30/03/2011
En la información facilitada ayer sobre la convocatoria de las elecciones locales y, en concreto, sobre las fechas más destacadas contenidas en la misma, se deslizó un error al hablar del voto por correo por parte de los electores residentes en España, cuyo plazo de solicitud se inició ayer. La información sobre este tema debe quedar redactada de la siguiente manera:
“Los electores residentes en España que quieran votar por correo deberán solicitarlo entre el 29 de marzo y el 12 de mayo, teniendo de plazo para enviar su voto entre los días 2 y 18 de este último mes. En el caso de los residentes en el extranjero, lo pedirán entre el 29 de marzo y el 23 de abril, pudiendo remitir su voto al consulado hasta el 17 de mayo.
En cuanto los electores temporalmente ausentes, lo podrán solicitar también entre el 29 de marzo y el 23 de abril, y lo deberán remitir a la mesa entre el 26 de ese mes y el 18 de mayo”.