LA JUNTA PROVINCIAL DISTRIBUIDORA DE HERENCIAS DE MADRID REPARTIRÁ MAS DE CINCO MILLONES DE EUROS PROCEDENTES DE HERENCIAS DE PERSONAS FALLECIDAS EN MADRID.



14/07/2009

14 Julio de 2.009.- La Junta Provincial Distribuidora de las Herencias del Estado de Madrid, órgano colegiado presidido por la Delegada del Gobierno en Madrid, Amparo Valcarce, repartirá 5.041.192 euros procedentes de herencias de personas fallecidas en Madrid capital sin herederos en las últimas dos décadas, según el anuncio de la Junta Distribuidora publicado el miércoles 8 de Julio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la sección de Disposiciones y anuncios del Estado.

El reparto beneficiará, según marca el artículo 956 del Código Civil, a “instituciones municipales del domicilio del difunto, de beneficiencia, instrucción, acción social y profesionales, sean de carácter público o privado”. También a “instituciones provinciales de los mismos caracteres de la provincia del finado, prefiriendo aquellas a las que el causante haya pertenecido por su profesión y haya consagrado su máxima actividad, aunque sean de carácter general”.

Para beneficiarse del reparto, las organizaciones que cumplan los requisitos del Código Civil o que tengan conocimiento de que alguno de los fallecidos pertenecía a ellas, deberán concurrir al llamamiento realizado por la Junta Provincial, mediante la presentación en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín, de las alegaciones que estimen oportunas a favor de su derecho a beneficiarse de las herencias abintestato.


Reparto de la Junta Provincial Distribuidora de Herencias del Estado de Madrid (Acuerdo de 5 de junio de 2009. publicado 8 DE JULIO DE 2009 B.O.C.M. Núm.160. Cantidad a repartir Total: 5.041.192,38 euros.)
Para la resolución se valorará que la entidad además de presentar su solicitud de acuerdo con el artículo 956 del Código Civil y el Decreto 2091/1971, de 13 de agosto presente la siguiente documentación:


1º -Proyecto y presupuesto del mismo con el compromiso expreso de acreditar el cumplimiento del mismo a petición de la Junta Provincial Distribuidora de Herencias del Estado de Madrid.

2º -Declaración jurada de un representante con poderes en las que se confirme que la ONG no ha sido sancionada en firme (en aplicación de la normativa reguladora de subvenciones públicas).

3º -Memoria que incluya:

Situación sobre: Declaración de utilidad pública, inscripción en Registro Nacional de Asociaciones y Registros Autonómicos de Asociaciones.

Cantidades en concepto de subvenciones y ayudas que se hayan recibido de organismos públicos durante los cinco últimos años y el objeto de las mismas. Porcentaje de ingresos privados y de carácter publico.

Personas que componen el órgano de gobierno, y actas de las últimas cinco reuniones.

Número de los miembros que recibe remuneración de cualquier tipo, y el porcentaje que supone sobre su presupuesto total.

Medios usados para comunicar a los donantes y colaboradores las actividades de la organización y de contar con correo electrónico y página web propia en funcionamiento y actualizada.


Presentación de documentación:

Registro General De La Delegación De Economía Y Hacienda En Madrid Unidad De Patrimonio.
C/ Guzmán El Bueno, 139
28071 Madrid