La Seguridad Social destina en Cantabria 27,2 millones de euros a permisos por nacimiento y cuidado de menor en 2020

La Seguridad Social destina en Cantabria 27,2 millones de euros a permisos por nacimiento y cuidado de menor en 2020

29/01/2021

La Seguridad Social tramitó en Cantabria 5.024 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en 2020. De ellas, 2.493 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 2.561 al segundo progenitor. El gasto en esta prestación a lo largo del año pasado ascendió a 27.216.970 euros.

En el conjunto del país se tramitaron 465.723 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor por un importe total de 2.556,6 millones de euros.

Esta prestación sería la equivalente a las prestaciones de maternidad y paternidad vigentes hasta abril de 2019, y cuya completa equiparación ya se ha producido desde el pasado 1 de enero. Su diferente duración y obligatoriedad hacen imposible comparar datos de años anteriores de forma homogénea.

En 2020, el permiso del segundo progenitor, anteriormente denominado permiso de paternidad, fue de 12 semanas. A partir del 1 de enero de 2021 esta prestación por nacimiento y cuidado de menor es ya igual para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. Este permiso es de 16 semanas y 6 de ellas deberán disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en caso de adopción, guarda o acogimiento.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

En agosto pasado, el Instituto de la Seguridad Social amplió su servicio para solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor si los progenitores optan por dividir el periodo. Se puede solicitar, por tanto, iniciar el trámite sin necesidad de desplazamientos a las oficinas de la Seguridad Social a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) con certificado digital y contraseña en Cl@ve permanente.

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJO/A, MENOR ACOGIDO O FAMILIAR   

Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en Cantabria durante 2020 fue de 460, de las que 397 correspondieron a mujeres y 63 a hombres. El número de excedencias se ha incrementado un 4,31 por ciento respecto al año anterior. En el conjunto del país fueron 54.723 las excedencias dadas de alta.

Las trabajadoras y trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo/a o menor acogido o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de hijo/a o menor acogido tendrán la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.

De igual modo, se considerará efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.

Twitter Delegación del Gobierno en Cantabria