Determinación sede de la AEE

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se inicia el procedimiento para la determinación de la sede física de la Agencia Espacial Española.

Este procedimiento será transparente, abierto y competitivo y responderá al compromiso del Gobierno de España con la desconcentración de las sedes del sector público para favorecer la vertebración territorial.

La creación de la Agencia Espacial Española, solicitada en los últimos años por todo el sector espacial español, se anuncia por primera vez en La Estrategia de Seguridad Nacional 2021, un documento de carácter político del ámbito de la seguridad que se hace eco de la preocupante evolución de la situación geopolítica y su negativo impacto en el libre acceso y explotación de las capacidades que se proporcionan desde el espacio. Como consecuencia de ello, establece la necesidad de impulsar medidas para defender los intereses nacionales en un entorno tan estratégico como el espacial, del que depende el normal funcionamiento de nuestra sociedad.

La disposición adicional tercera de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, autoriza la creación de la Agencia Estatal ‘Agencia Espacial Española’. Dicha disposición sigue los preceptos de la línea de actuación 17 del Real Decreto 1150/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2021, y que establece la necesidad de creación de una Agencia Espacial Española que además incluya un componente de seguridad nacional.

De acuerdo con el artículo 6.1 del Real Decreto 209/2022, “el Consejo de Ministros podrá acordar de manera motivada el inicio del procedimiento con carácter previo a la creación de la entidad”, estipulando además que la elección de la sede de la Agencia se realizará siguiendo un procedimiento transparente, abierto, competitivo y conforme a los criterios de elección de cada sede publicados por la Comisión consultiva para la determinación de sedes y establecidos en función de las características de la Agencia.

Los criterios que informarán la elección de esta sede se determinarán atendiendo a los principios recogidos en el artículo 103.1 de la Constitución Española, a los fijados en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como al de vertebración territorial.

En aplicación de esta previsión, el Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el 27 de septiembre de 2022, acordó iniciar el procedimiento para la determinación de la sede física de la Agencia Espacial Española, con carácter previo a su creación y mediante la tramitación de urgencia, dado que se considera un imperativo que la Agencia Espacial Española comience a funcionar a la mayor brevedad posible, pues con la aprobación de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, el legislador ha impuesto el plazo de un año para que el Gobierno apruebe el Estatuto de la Agencia. Por razones operativas, se considera que es necesario que su sede física quede fijada de manera previa a la aprobación del Estatuto, pues la localidad que albergue la entidad puede condicionar alguna de las características finales de la misma.

Del mismo modo, y siguiendo lo establecido en los artículos 3.2.b) y 6.2 del citado Real Decreto 209/2022, una vez que el Consejo de Ministros acordó el Acuerdo de inicio de procedimiento para la fijación de la sede física de la Agencia Espacial Española en su reunión celebrada el 27 de septiembre de 2022, la Comisión consultiva para la determinación de las sedes de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal adoptó, en su reunión del 29 de septiembre de 2022, el informe con la relación de criterios que se tendrán en cuenta para determinar la ubicación de la citada Agencia.