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¿Qué es la Administración General del Estado en el Territorio?
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN EL TERRITORIO (AGET)
La AGET es la encargada de ejercer la actividad del Estado de forma desconcentrada en el territorio, correspondiendo al Delegado del Gobierno la dirección de la misma en el ámbito autonómico y su coordinación con la Administración de la Comunidad Autónoma.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, fija una estructura de la Administración Periférica del Estado que prevé la integración de servicios periféricos ministeriales en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, así como la consiguiente supresión de los órganos cuyos servicios se integren.
No obstante, se prevé la no integración de servicios por singularidades de sus funciones o por el volumen de gestión.
La Administración General del Estado en el Territorio tiene un valor esencial e insustituible en términos de eficacia, información y representación del Estado en el territorio.
DELEGACIONES DEL GOBIERNO
Las Delegaciones del Gobierno ejercen la dirección y la supervisión de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos situados en su territorio (servicios integrados y no integrados). Representan al Gobierno en el territorio de la Comunidad Autónoma. De acuerdo con el artículo 154 de la Constitución Española: ”Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración General del Estado en el Territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad”.
Las Delegaciones del Gobierno están adscritas orgánicamente al Ministerio de Política Territorial, a través de la Secretaría de Estado de Política Territorial. Dentro de esta Secretaría de Estado, la Secretaría General de Coordinación Territorial es el órgano al que corresponde la coordinación de la actividad de la Administración General del Estado en el Territorio y la asistencia a la misma. De la Secretaría General de Coordinación Territorial depende la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, a la que se le atribuye la coordinación y asistencia a las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
Disponen de los siguientes órganos:
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Subdelegaciones del Gobierno en las provincias y Direcciones Insulares.
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Secretaría General y, en su caso, Vicesecretaría General.
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Áreas funcionales, para la gestión de los servicios integrados de Fomento, Industria y Energía, Sanidad y Política Social, Alta Inspección de Educación y Trabajo e Inmigración.
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Gabinete, como órgano de apoyo y asistencia inmediata al Delegado.
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Comisión Territorial de Asistencia, integrada por los Subdelegados del Gobierno, los Directores Insulares en su caso, el Secretario General, el Jefe de Gabinete, los Directores de las Áreas Funcionales y los responsables de los servicios no integrados que el Delegado del Gobierno determine.
Actualmente existen 17 Delegaciones del Gobierno, correspondientes a cada una de las Comunidades Autónomas, 2 Delegaciones del Gobierno en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y 44 Subdelegaciones del Gobierno en las provincias.
OTROS ÓRGANOS TERRITORIALES DEL ESTADO
Los Servicios no Integrados en las Delegaciones del Gobierno se organizan territorialmente atendiendo al mejor cumplimiento de sus fines y a la naturaleza de las funciones que deban desempeñar.
Los servicios de la AGE en el territorio tienen un deber genérico de colaboración con los Delegados y Subdelegados del Gobierno con el fin de facilitar a estos el cumplimiento de su función directiva a nivel territorial.
La actividad de todos los Departamentos Ministeriales incide, de una u otra manera, en el territorio. Sin embargo, no todos ellos disponen de servicios periféricos.