Accesibilidad
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://mpt.gob.es
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
- Falta de conformidad con el RD 1112/2018
- En algunas páginas no se identifica el propósito de cada campo de entrada que recopila información sobre el usuario [requisito número 9.1.3.5 de la norma UNE-EN 301 549:2022. Identificación del propósito de la entrada]
- En algunas páginas es necesario el desplazamiento para acceder al contenido [requisito número 9.1.4.10 de la norma UNE-EN 301 549:2022. Reajuste del texto].
- En algunas páginas la funcionalidad del contenido no es operable a través del teclado [requisito número 9.2.1.1 de la norma UNE-EN 301 549:2022. Teclado].
- En algunas páginas se puede mover el foco a un componente de la página, pero el foco no se puede quitar de ese componente usando sólo la interfaz de teclado [requisito número 9.2.1.2 de la norma UNE-EN 301 549:2022. Sin trampas para el foco del teclado].
- En algunas páginas se puede navegar secuencialmente por la página, pero los componentes que pueden recibir el foco no lo hacen en un orden que preserva su significado y operabilidad [requisito número 9.2.4.3 de la norma UNE-EN 301 549:2022. Orden del foco].
- En algunas páginas el indicador del foco del teclado no resulta visible [requisito número 9.2.4.7 de la norma UNE-EN 301 549:2022. Foco visible].
- Algunas páginas tienen etiquetas de inicio y finalización incorrectas o id duplicados [requisito número 9.4.1.1 de la norma UNE-EN 301 549:2022. Procesamiento].
2. Carga desproporcionada
- No aplica.
3. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
- Podrían existir archivos ofimáticos en PDF, de contenido multimedia u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 15 de septiembre de 2020.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.
Última revisión de la declaración: 1 de agosto de 2024.
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web
A través del siguiente correo electrónico: ura.mpt@correo.gob.es
Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la División de Tecnologías de la Información del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática solamente si se refieren a aspectos relacionados con la Accesibilidad. En cualquier otro caso por favor diríjase al apartado Contactar.
Las solicitudes de información accesible y quejas (artículo 10.2.b) del RD 1112/2018) se pueden presentar a través del procedimiento de Quejas y Sugerencias sobre el resto de servicios prestados por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Procedimiento de aplicación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.
Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
Dicha reclamación deberá ser presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La reclamación puede ser presentada través de la Sede Electrónica.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subsecretaría del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Contenido opcional
La última revisión de la accesibilidad se ha realizado en julio de 2024.
El sitio web está optimizado para las últimas versiones vigentes de los navegadores Microsoft Edge, FireFox, Safari, Opera y Google Chrome. La resolución web mínima recomendada es de 1280x1024.
El sitio web está diseñado para una visualización adaptable, con lo que se visualiza de forma óptima en los dispositivos tablet y móviles.