Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular

Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular

[INFORMACIÓN ACTUALIZADA A 23-10-2024]
Ante situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica tales como incendios forestales, temporales u otras catástrofes naturales, el Estado, en ejercicio de su competencia exclusiva en materia de seguridad pública (contenida en el art. 149.1.29ª de la Constitución Española), entre otras decisiones, adopta medidas urgentes dirigidas a la reparación de los daños producidos en infraestructuras, equipamientos o instalaciones, servicios y redes viarias titularidad de las entidades locales afectadas.
La gestión y pago de las subvenciones destinadas a hacer frente a estos daños se atribuye este Ministerio.

Bases comunes

(BOE, 12-02-2015) Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales.

Información práctica sobre imagen institucional (medidas de publicidad).

Subvenciones para hacer frente a daños en infraestructuras y red viaria de entidades locales

Más información

Puede obtener más información en Dirección General de Protección Civil y Emergencias (Ministerio del Interior).