Aprobados los estatutos de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local
11/03/2011
Consejo de Ministros
· Las modificaciones introducidas en la Ley de Colegios Profesionales de 1974 por la Ley Ómnibus, que transpone parcialmente la Directiva de Servicios europea, ha hecho necesaria la elaboración de unos nuevos estatutos
El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta del vicepresidente tercero del Gobierno y ministro de Política Territorial y Administración Pública, Manuel Chaves, los Estatutos Generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local, que sustituye a los vigentes desde el año 2000.
Las modificaciones introducidas en la Ley de Colegios Profesionales de 1974 por la Ley Ómnibus, que transpone parcialmente la Directiva de Servicios europea, ha hecho ahora necesaria la elaboración de unos nuevos Estatutos.
El nuevo texto adapta la estructura y competencias internas de la Organización Colegial al nuevo marco de regulación de la profesión, establecido por el Estatuto Básico del Empleado Público, sobre los funcionarios con habilitación de carácter estatal.
Entre otros aspectos, los estatutosestablecen la definición, personalidad jurídica y naturaleza de los Colegios, incluyéndose los fines esenciales de la Organización Colegial. También recoge los principios éticos profesionales, define el ámbito territorial de los Colegios y los Consejos Autonómicos; y abordan diferentes cuestiones relacionadas con el régimen jurídico de los actos y resoluciones corporativas y la ventanilla única de la Organización Colegial.
Dentro del Régimen jurídico de los Colegiosse establecen sus funciones, la organización básica interna (integrada por una Asamblea General, Junta de Gobierno y Presidencia), el régimen de colegiación, ingreso, traslados, derechos y deberes de los colegiados; y el régimen económico.