La Delegación del Gobierno autoriza 1.315 puntos de venta de pirotecnia en Cataluña para las verbenas de 2020

La Delegación del Gobierno autoriza 1.315 puntos de venta de pirotecnia en Cataluña para las verbenas de 2020

22/06/2020

La Delegación del Gobierno autoriza 1.315 puntos de venta de pirotecnia en Cataluña para las verbenas de 2020

El número de casetas y locales autorizados disminuyen respecto el año pasado, cuando se autorizaron 1.348


  •  La autorización de puntos de venta la tramita el Área de Industria de la Delegación del Gobierno en Cataluña y la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil

Un total de 1.315 establecimientos, entre casetas y locales, venderán artículos pirotécnicos en Cataluña durante la campaña de las verbenas de 2020. La crisis del Covid-19 y el nuevo reglamento que han de cumplir los puestos de venta ha comportado una ligera disminución respecto el año pasado, cuando se autorizaron 1.348 puntos. El procedimiento para la autorización de puntos de venta exige la emisión de un informe por parte del Área de Industria de la Delegación del Gobierno en Cataluña y la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.

Puntos de venta que se han tramitado en Cataluña:

  Casetas venta pirotecnia Locales venta pirotecnia TOTAL
BARCELONA 831 104 917
GIRONA 126 5 149
LLEIDA 72 3 95
TARRAGONA 82 92 187

 

Desde la Intervención de Armas de la Guardia Civil y el área de Industria de la Delegación del Gobierno se está velando por el estricto cumplimiento de la legislación vigente mediante la inspección de los locales de venta y dos informes de los órganos citados. Además, en el caso de las casetas, es necesario comunicar a los ayuntamientos el lugar exacto donde se instalará por si éste, de acuerdo con sus ordenanzas cívicas y su normativa propia de utilización de suelo público, tuviera alguna objeción al respecto.

 

Según fija el vigente Reglamento dse Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, aprobado por el Real decreto 989/2015 de 30 de octubre, las principales exigencias que han de tener los locales autorizados son: doble puerta del local, una de ellas de emergencia, necesidad de un almacén, características de las instalaciones eléctricas y antiincendios y detectores sísmicos. Con estas condiciones, la capacidad máxima a almacenar pasa de 50 Kg. de materia reglamentada hasta un máximo de 150 o 300 Kg. según las características, situación y dimensiones del local.

Los artículos pirotécnicos que se van a vender durante este período de verbenas se clasifican en tres categorías:

 - Categoría F1: De muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser utilizados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales. La categoría 1 no puede incluir petardos ni truenos, ni baterías de los mismos. La edad mínima de adquisición es de 12 años.

- Categoría F2: De baja peligrosidad y bajo nivel sonoro, destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas. En el etiquetado consta "para uso exclusivo al aire libre" y, cuando procede, la distancia mínima de seguridad, de 8 metros. La edad mínima para la compra es de 16 años.

- Categoría F3: De peligrosidad media, utilizados al aire libre en zonas de gran superficie. La distancia de seguridad, en los casos que proceda, pasa de 8 a 15 metros. Para esta categoría, la edad mínima para la compra es de 18 años.

La Directiva Europea obliga a los Estados miembros a clasificar los artículos de pirotecnia. Como garantía de seguridad, en el etiquetado debe figurar la marca ‘CE’. El etiquetado debe indicar, como mínimo, el nombre y la dirección del fabricante, el del importador, el nombre y tipo de artículo pirotécnico, las edades mínimas de uso, la categoría correspondiente, las instrucciones de uso, la distancia de seguridad requerida, la cantidad de material explosivo activo y la fecha de caducidad.

Espectáculos de fuegos artificiales

Los espectáculos pirotécnicos se clasifican en tres grupos.

-          Disparo de más de 100 kg: Se precisa autorización del subdelegado de cada provincia, previo informe de la Intervención de Armas de la Guardia Civil y del Área de Industria de la Delegación del Gobierno en Cataluña.

-          Disparo de entre los 10 y 100 kg: Se precisa notificar previamente la realización del acontecimiento a la Subdelegación del Gobierno correspondiente.

-          Disparo de menos de 10 kg: No es preciso realizar ningún trámite. Asimismo, se exige el carnet de disparador, entregado por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno, tras haber recibido la correspondiente formación.

Debido a la declaración el estado de alarma, durante los últimos tres meses no se han tramitado expedientes de espectáculos pirotécnicos, correfocs y trabucaires, habiéndose denegado aquellos que fueron solicitados los días previos al 14 de marzo, para actos previstos durante el Estado de Alarma.

El número de eventos con fuegos artificiales autorizados para la campaña de este año 2020 han sido de un total de 55, menos de los que obtuvieron el permiso en el mismo periodo un año antes, 104.

Trabucaires

Durante el período entre junio de 2020 y junio de 2019, el cómputo global de actuaciones de trabucaires en Cataluña ha registrado una disminución de solicitudes. De las 257 actuaciones de la anterior campaña se ha pasado a las 169 autorizadas un año después.

En este caso, las solicitudes recibidas en la Delegación del Gobierno son remitidas a la Guardia Civil, donde se comprueba que los miembros de la agrupación tienen en regla la autorización especial de armas de avancarga. Asimismo se solicita informe al Área de Industria. Requisito sine qua non es que el acto esté reconocido como fiesta tradicional catalana.

Correfocs y Diables

Otro de los acontecimientos festivos y populares en los que el fuego pirotécnico es el protagonista son los correfocs y las fiestas de diables. En este caso el número de acontecimientos autorizados, un total de 474,  también es ligeramente inferior respeto a la campaña de 2019, cuando se situó en 951.