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El Gobierno refuerza el control de los pagos del FLA para garantizar los servicios públicos en Cataluña
20/11/2015
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) ha acordado adoptar medidas adicionales para garantizar en la Comunidad Autónoma de Cataluña la prestación de los servicios públicos en defensa del interés general.
El Gobierno ha considerado que, en las últimas semanas, se han producido una sucesión de acontecimientos en la Comunidad Autónoma de Cataluña que derivan en riesgo para el interés general.
− Empeoramiento notable de su calificación crediticia, llegando a calificarse sus títulos como bono basura o inversión especulativa, a diferencia de la mejora de calificación de otras CA adheridas al Fondo de Financiación de Comunidades Autónomas. Esta situación encarece y restringe el acceso de Cataluña a los mercados, y afecta a la financiación de la CA en el corto plazo, vencimientos que no tienen cobertura a través del FLA. La mala situación de las finanzas públicas, puede tener impacto negativo en la percepción de riesgo de todo el país.
− La información económico financiera facilitada por la Comunidad está cuestionada, debido al afloramiento de más de 1.300 millones de euros de gasto que tendrán un impacto negativo en el déficit de 2015, lo que puede afectar al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de las AAPP en su conjunto.
− Las manifestaciones de alguno de los representantes de sus instituciones, declarando el impago de la deuda con las farmacias o expresando públicamente su voluntad de incumplimiento de las leyes, ha puesto en riesgo la estabilidad y el normal funcionamiento de las Administraciones Públicas y el resto de instituciones de la Comunidad Autónoma de Cataluña y ha generado una situación de incertidumbre económica que está perjudicando a ciudadanos y empresas.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha reforzado la condicionalidad del FLA para la CA de Cataluña, con el objetivo de garantizar el normal funcionamiento de los servicios públicos. En su adhesión al FLA, que es voluntaria, la CA ha asumido elcompromiso de cumplir cualquier disposición que desarrolle este mecanismo adicional de financiación. Las nuevas condiciones tienen como fin último garantizar que los ciudadanos tengan igual acceso a los servicios públicos, independientemente de su territorio de residencia.
Servicios Públicos Fundamentales
Los recursos a los que acceda la Comunidad Autónoma de Cataluña, con cargo al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas del Tramo III Déficit, se desembolsarán directamente en favor de los proveedores y, como novedad, los pagos se destinarán exclusivamente para pagar los servicios públicos fundamentales (sanidad, educación y servicios sociales), entendidos únicamente como aquellos cuyos programas de gasto están listados en el anexo I del Acuerdo adoptado por la CDGAE.
La Comunidad Autónoma de Cataluña deberá solicitar autorización al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP) si considera necesario atender algún otro pago relacionado con servicios públicos distintos de los enumerados en el mencionado anexo I. Al solicitarlo, la Comunidad deberá motivar las razones por las que no puede atender esos servicios con el resto de recursos.
Servicios Públicos
La Generalitat tendrá la obligación de destinar los recursos que perciba mensualmente del Estado (FLA y sistema de financiación), de forma prioritaria, a la financiación de los servicios públicos, cuyos programas de gasto están enumerados en el Anexo II del Acuerdo CDGAE. Se añaden a los servicios públicos fundamentales otro tipo de servicios programas de gasto prioritarios, como intereses y vencimientos, remuneraciones, transferencias a EELL, inversiones financiadas con fondos europeos.
FACe
Las facturas deberán estar disponibles en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, FACe. La Comunidad Autónoma de Cataluña deberá conectar su registro contable para remitir, simultáneamente, información de todas sus facturas, presentadas en papel o en electrónico, con independencia del Punto en el que se hayan presentado. Deberá informar diariamente, desde el registro contable a FACe, del estado de tramitación de cada factura. La información seguirá las especificaciones definidas por el MINHAP.
Certificados inicial y mensual
El interventor general de la Comunidad Autónoma deberá remitir un certificado inicial, en 10 días, donde quede constancia de la situación económico-financiera real de Cataluña. A partir de esta información podrán ponerse en marcha los pagos que se ajustarán estrictamente a lo previsto en este Acuerdo, y para garantizar su cumplimiento el interventor general facilitará mensualmente un certificado con toda la información de los pagos realizados en el mes anterior que además deberán respetar la legalidad vigente. El certificado incluirá la constancia por parte de la Intervención de que la relación de los actos sobre los que ha tenido conocimiento no contravienen la Constitución o las leyes.
Verificación de cumplimiento
El desembolso de los recursos con cargo al Fondo de liquidez autonómico se ajustará a un calendario de tramos mensuales. Eldesembolso de cada tramo estará condicionado a que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas verifique el cumplimiento de lo previsto en este acuerdo.
Autorización de endeudamiento
El Consejo de Ministros podrá ir autorizando operación por operación, el endeudamiento a largo plazo y, cuando corresponda, autorizando por tramos las operaciones de endeudamiento a corto plazo, en los términos y condiciones que dicho órgano determine y en la medida en que se acredite mensualmente el cumplimiento de lo previsto en este acuerdo por parte de Cataluña.
Amparo a empleados públicos y autoridades
La Administración General del Estado prestará el amparo necesario a las autoridades y empleados públicos que prestan servicios en Cataluña para que puedan cumplir con las medidas derivadas de este Acuerdo así como cumplir con el resto de disposiciones reguladoras de este mecanismo de financiación. Para ello, podrán acceder a un sistema electrónico para informar de las dificultades que tengan para cumplir con sus obligaciones en aplicación de las medidas derivadas de este Acuerdo, así como formular consultas o informar sobre las posibles dudas. La Delegación del Gobierno en Cataluña recibirá y gestionará los informes y consultas incorporados al referido sistema electrónico. La posibilidad de informar también estará a disponibilidad de terceros, que puedan tener dudas sobre nulidad o anulabilidad de determinados actos administrativos.
Comité Técnico de Cuentas Nacionales
El Ministro de Hacienda y AAPP informará a la CDGAE del resultado de las actuaciones llevadas a cabo por el Comité Técnico de Cuentas Nacionales para la verificación y contraste de la información económico financiera de la CA.
Vigencia de las Medidas
La aplicación de estas medidas se mantendrá hasta que desaparezca la situación de riesgo para el interés general en el Comunidad Autónoma de Cataluña o sea necesario para garantizar la prestación de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma.
El contenido del presente acuerdo será publicado en el Boletín Oficial del Estado.