Comunicación e imagen institucional TMD/101/2025

Información sobre comunicación e imagen institucional y descarga de modeles

Encontrará información sobre instrucciones y modelos normalizados de comunicación institucional de carácter general en este enlace.

Apartado vigesimocuarto de la OM TMD/101/2025

A efectos de cumplimiento de las obligaciones respecto a la publicidad de las subvenciones que concede la OM TMD/101/2025, se recuerda que su apartado vigesimocuarto establece lo siguiente:

1. Las entidades beneficiarias reconocerán la financiación de la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, utilizando la imagen contenida en el Manual de Identidad Visual o de Imagen Institucional que se determine por parte del órgano competente de la Administración General del Estado en la adopción de las medidas de publicidad que se señalan en este apartado.

2. A partir de la aceptación de un proyecto por parte de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local:

a) En todas las medidas de publicidad o difusión que las administraciones locales interesadas pudieran realizar sobre el proyecto o sobre cualquier obra del mismo, harán constar que el proyecto está financiado por la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, y la aportación financiera asignada.

b) Se deberá colocar un cartel a pie de obra o, en su caso, modificar el existente, en el que se informe que las obras están financiadas por la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, así como la aportación financiera asignada. Dicho cartel deberá permanecer a pie de obra hasta la justificación de la subvención.

3. A partir de la puesta en servicio de la obra objeto de financiación, la entidad beneficiaria deberá colocar en un lugar visible de la infraestructura, equipamiento o instalación una placa o elemento informativo permanente, en el que se informe que la obra ha sido financiada por la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, y la aportación financiera recibida. Dicha placa o elemento informativo deberá permanecer en la infraestructura durante un periodo no inferior a cinco años a partir de su colocación.

4. En todos los contratos o encargos relacionados con la ejecución del proyecto, las entidades beneficiarias deberán hacer constar que recibe financiación de la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Tal mención también deberá ser incluida en todos los documentos que sustenten el procedimiento de contratación o encargo del proyecto, incluidas las facturas.

5. Las entidades beneficiarias habrán de prever mecanismos para asegurar que los contratistas o medios propios den efectivo cumplimiento a todas las obligaciones de publicidad contempladas en este apartado en la parte que les corresponda.

6. Ante el incumplimiento de las medidas de publicidad de la subvención por parte del beneficiario, se procederá en los términos que se prevén en el artículo 31.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

7. No desarrollar las medidas de difusión, se considerará causa de reintegro por incumplimiento de las obligaciones de la entidad beneficiaria, en los términos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder por aplicación del régimen previsto en el título IV de la citada ley.