El Gobierno de España entrega una declaración de Reconocimiento y Reparación a la familia de Puig Antich y declara ilegal el Consejo de guerra y nula la sentencia a que le condenaron
16/10/2024
Madrid, 16 de octubre de 2024
El joven catalán fue víctima de la represión franquista, al ser ejecutado por garrote vil con tan solo 25 años. “Nuestra democracia no es completa si no se reconoce y repara el daño a las víctimas”, ha indicado el ministro Torres.
El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha entregado hoy a la familia de Salvador Puig Antich una declaración de Reconocimiento y Reparación como víctima del franquismo. Puig Antich fue activista en la lucha antifranquista y víctima de la represión del régimen, con tan solo 25 años. Su condena obtuvo un rechazo unánime de la oposición al régimen totalitario y de la comunidad internacional, pero, pese a ello, fue ejecutado con el método del garrote vil el 2 de marzo de 1974. El acto de hoy representa un reconocimiento integral de su persona y una condena de la sentencia y el tribunal que lo juzgó, cuya nulidad queda rubricada con esta declaración. Inmaculada Puig Antich, que se mostró “muy emocionada” en el acto, al que acudió junto a sus hermanas Montserrat, Carme y Merçona, ha afirmado que llevan 50 años luchando “por la dignidad” de su hermano.
Salvador Puig Antich, que se convirtió en un símbolo de la izquierda catalana, es considerado una víctima, en virtud del artículo 3 de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, que califica de esta manera a toda persona que haya sufrido daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales, o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, que constituyan violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario durante el golpe, la dictadura y los primeros tres años de la transición, hasta la Constitución de 1978.
El secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez, ha recordado que la Ley de Memoria Democrática, “declara la ilegalidad y la ilegitimidad de los tribunales, jurados o cualesquiera otros órganos penales y administrativos, como los Consejos de Guerra, constituidos para imponer condenas o sanciones de carácter personal, así como la nulidad de las sentencias y resoluciones que dictaron, por ser contrarias a derecho y vulnerar las más elementales exigencias a un juicio justo”.