Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel que favorezcan la generación de actividad económica en dicha provincia.

Fecha de publicación: 22/07/2024

Plazo: hasta el 06/08/2024

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, la presente consulta tiene como objetivo recabar la opinión de las personas potencialmente afectadas por la futura norma y de las organizaciones más representativas, sobre los siguientes aspectos:

Antecedentes de la norma

La Constitución Española reconoce en su artículo 158 el principio de solidaridad como un instrumento para atenuar las desigualdades territoriales y procurar la cohesión interna como un objetivo de la política económica y social.

Este principio constitucional se materializa mediante el Fondo de Compensación Interterritorial, previsto en el citado artículo, del cual no es beneficiaria la Comunidad Autónoma de Aragón por su nivel de renta. Existen, no obstante, desigualdades estructurales internas en la Comunidad Autónoma de Aragón que afectan a la provincia de Teruel y sobre las que la política regional no puede actuar eficazmente con los mecanismos generales disponibles. En este sentido, la provincia de Teruel requiere de una acción pública específica para promover medidas tendentes a corregir los desequilibrios existentes en la provincia y la generación de actividad económica y de empleo.

Problemas que se pretenden solucionar

Hacer efectivo el principio de solidaridad interterritorial ante las desigualdades interterritoriales identificadas en la Comunidad Autónoma de Aragón como consecuencia de las peculiaridades estructurales de la provincia de Teruel, favoreciendo la generación de actividad económica para mejorar el bienestar social de la población de la provincia.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La norma proyectada constituye el instrumento jurídico que posibilitará la tramitación de la transferencia de fondos para la financiación de inversiones que favorezca el desarrollo económico de la provincia de Teruel y que se concretarán en actuaciones que tendrán por objeto, entre otras, la mejora de infraestructuras de transportes y comunicaciones, el apoyo a iniciativas empresariales, fundamentalmente en los ámbitos industrial, agroalimentario y turístico, el apoyo a las infraestructuras para la implantación de empresas, la puesta en valor del patrimonio cultural, ambiental y social, ciertos proyectos estratégicos y singulares, así como las infraestructuras municipales.

Objetivos de la norma

Regular la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Aragón para la financiación de proyectos de inversión con el fin de promover, directa o indirectamente, la generación de actividad económica en la provincia de Teruel.

Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias

Se ha valorado que no existe una alternativa que sea más idónea que la elegida. En este sentido, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 22.2.c de dicha norma deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta de la persona titular del Ministerio competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.

Atendiendo a las consideraciones anteriores, se abre un periodo de consulta pública previa sobre el posible contenido del real decreto previsto.

Plazo de duración de la consulta: 15 días naturales. Finaliza el 6 de agosto de 2024.

Dirección de correo donde dirigir las observaciones: sgcl@correo.gob.es