Proyecto de Real Decreto sobre la Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra de España y la posterior Dictadura

Fecha de publicación: 10/09/2024

Plazo: hasta el 24/09/2024

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación ciudadana en el proceso de elaboración de normas, se realiza, con carácter previo a la elaboración del texto del real decreto, una consulta pública sobre la propuesta de un nuevo real decreto que regule el procedimiento para la obtención de la Declaración de reconocimiento y reparación personal a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra de España y la posterior Dictadura. Esta regulación responde a la necesidad de actualizar y ajustar el marco normativo a las nuevas disposiciones establecidas por la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, que derogó la anterior Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, publicado por Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, y con el objeto de facilitar la participación en la consulta pública, se proporciona la información que se detalla a continuación sobre los antecedentes de la norma, los problemas que se pretenden solucionar, la necesidad y oportunidad de su aprobación, sus objetivos y las posibles soluciones alternativas, tanto regulatorias como no regulatorias.

Antecedentes de la norma

La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, establece el marco actual para el reconocimiento y la reparación de las personas que sufrieron persecución o violencia por razones políticas, ideológicas, de pensamiento, de conciencia o creencia religiosa, o de orientación e identidad sexual, durante la Guerra de España y la Dictadura franquista, hasta la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978. Esta Ley promueve la reparación moral y la recuperación de la memoria personal, familiar y colectiva de las víctimas.

El Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, regulaba el procedimiento para la declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. No obstante, con la derogación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, y su sustitución por la Ley 20/2022, es necesario ajustar y actualizar el marco normativo para asegurar la coherencia y efectividad de los procedimientos de reparación y reconocimiento personal.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma

La derogación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, y la entrada en vigor de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, han puesto de manifiesto la necesidad de una nueva regulación para la declaración de reconocimiento y reparación personal. El Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, debe ser reemplazado para garantizar una mayor seguridad jurídica y ajustar el procedimiento a los nuevos principios y disposiciones establecidos por la Ley 20/2022, de 19 de octubre.

Este proyecto de real decreto tiene como objetivo actualizar y regular el procedimiento de declaración de reparación y reconocimiento personal para quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra de España y la posterior Dictadura. La normativa propuesta busca ofrecer una regulación clara y actualizada que facilite la tramitación de estas solicitudes y garantice una mayor equidad y transparencia en el proceso.

La aprobación de este real decreto pretende incrementar la seguridad jurídica, cubrir eventuales vacíos normativos, y precisar los procedimientos y conceptos necesarios para una aplicación uniforme de la Ley. Esto es esencial para asegurar que el procedimiento de declaración de reconocimiento y reparación personal se ajuste a los nuevos requisitos legales establecidos por la Ley 20/2022, de 19 de octubre, y se gestione de manera adecuada y transparente. No se consideran alternativas regulatorias o no regulatorias, ya que la derogación del Real Decreto 1791/2008 y la adopción de esta nueva normativa son cruciales para cumplir con los objetivos de actualización y regulación del procedimiento establecido.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Con la entrada en vigor de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, se hace necesario desarrollar una nueva normativa que reemplace al Real Decreto 1791/2008 para garantizar una correcta implementación de las medidas de reconocimiento y reparación personal. La nueva regulación permitirá una adaptación efectiva a los criterios establecidos por la Ley 20/2022, de 19 de octubre, asegurando la coherencia en el reconocimiento y la reparación de las víctimas, facilitando la colaboración entre las administraciones públicas y simplificando los requerimientos exigidos a los solicitantes.

Objetivos del Real Decreto

La futura norma tiene los siguientes objetivos:

  1. Derogar el Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, y establecer una regulación ajustada a lo previsto en el artículo 6 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, garantizando una mayor seguridad jurídica.
  2. Clarificar, simplificar y precisar el procedimiento para la obtención de las declaraciones de reconocimiento y reparación personal, conforme a los nuevos criterios y requisitos de la Ley 20/2022, de 19 de octubre.
  3. Asegurar la equidad y transparencia en la tramitación de las solicitudes, proporcionando un marco normativo coherente y actualizado.
  4. Facilitar la colaboración entre las administraciones públicas para la correcta implementación de las medidas de reconocimiento y reparación personal.

Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias

No se consideran posibles soluciones alternativas, regulatorias o no regulatorias para resolver los problemas identificados y satisfacer las necesidades expresadas. La derogación del Real Decreto 1791/2008, de 3 de noviembre, y la aprobación de esta nueva normativa son necesarias para adaptar el marco regulatorio a las disposiciones establecidas por la Ley 20/2022, de 19 de octubre. La implementación del presente real decreto busca garantizar la eficacia y coherencia en la aplicación de las medidas de reconocimiento y reparación personal, atendiendo a las exigencias legales y a las demandas de seguridad jurídica planteadas por la sociedad civil.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre la propuesta durante el plazo de quince días naturales, hasta el día 24 de septiembre de 2024, a través del siguiente buzón de correo electrónico: dg.mdemocratica@correo.gob.es. 

Sólo serán consideradas las opiniones en las que el remitente esté identificado. Se ruega indicar que la remisión de comentarios al correo indicado es a efectos de la consulta pública de la propuesta de real decreto referida.