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Trámites de información pública en materia de instalaciones de gas natural
Regulados en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural
Indica que el trámite de información pública es obligatorio para:
•Artículo 78 la autorización administrativa de instalaciones de almacenamiento, regasificación, transporte y distribución.
•Artículo 77 las instalaciones mencionadas se someterán a evaluación de impacto ambiental cuando así lo exija la legislación (artículo 36 Ley 21/2013) y a tales efectos, la información pública referida será llevada a cabo en la fase de autorización administrativa.
•Artículo 96 la solicitud de reconocimiento de utilidad pública.
•Las solicitudes de autorización administrativa y de reconocimiento de utilidad pública pueden hacerse conjuntamente con un único trámite de información pública en este caso.