El Gobierno recurre al TC la ley de la Comunitat Valenciana de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven

01/07/2011

  • El Ejecutivo entiende que esta norma vulnera las competencias del Estado sobre legislación civil
 
El Consejo de Ministros ha acordado hoy, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, solicitar al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley  5/2011, de la Comunitat Valenciana, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.
 
El Gobierno entiende que esta norma autonómica regula instituciones civiles que carecen de antecedentes en el ámbito de la legislación foral civil de Valencia y, por tanto, exceden las competencias de la Comunidad Autónoma para la “conservación, desarrollo y modificación del Derecho civil foral valenciano” y vulneran las competencias exclusivas del Estado sobre legislación civil. El artículo 149.1.8ª de la Constitución, reserva al Estado la competencia exclusiva sobe la “legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, donde existan”.
 
Según estos argumentos, la Ley de la Comunitat Valenciana no puede encontrar amparo en su competencia exclusiva reconocida en el artículo 49.1.2 de su Estatuto de Autonomía, dado que no desarrolla ninguna disposición del Derecho Civil de la Comunidad Autónoma, por lo que excedería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma.