Los productores de vino de La Rioja podrán beneficiarse de la ayuda comunitaria para la destilación de uso de boca

Los productores de vino de La Rioja podrán beneficiarse de la ayuda comunitaria para la destilación de uso de boca

10/05/2010

 Este régimen de ayudas amplía el fijado por la reglamentación anterior, en la que se establecían ayudas para los productores de uva que fueran además viticultores.
 Podrán acogerse los productores con contratos con destiladores para la obtención de alcohol de uso de boca celebrados a partir del 16 de marzo de 2010.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se establece la regulación complementaria de una ayuda comunitaria a la destilación de uso de boca, destinada a los productores de vino; cuya dotación, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía, será de 15.000.000 euros. Este régimen de ayudas amplía el fijado por la reglamentación anterior, en la que se establecían ayudas para los productores de uva que fueran además viticultores. Los interesados en acogerse a esta medida deberán presentar su solicitud en el plazo de 20 días hábiles contados desde la entrada en vigor del Real Decreto aprobado.

Para acceder a las ayudas, el productor de vino tendrá que remitir la solicitud a la comunidad autónoma en la que esté ubicado, y acompañarla del contrato de destilación de uso de boca celebrado en la campaña 2009/2010 con posterioridad al 16 de marzo. Además, deberá indicar sus datos identificativos, el número de hectáreas solicitadas y el volumen del vino contratado. La ayuda por hectárea será de 300 euros para aquellos productores de vino que justifiquen la entrega a la destilación de uso de boca de, al menos, una medida de 40 hectolitros por hectárea, con un mínimo de 450 hectogrados por hectárea, y con un límite a nivel nacional de 50.000 hectáreas, siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes.

Este Real Decreto tiene como objetivo incentivar la destilación de uso de boca y abastecer las necesidades de alcohol vínico de los operadores, que están obligados reglamentariamente a su utilización en los productos que elaboran.