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La Seguridad Social toma medidas para evitar retrasos en la concesión de prestaciones por la huelga de Justicia
27/03/2008
Se admiten provisionalmente certificados alternativos que acrediten el nacimiento, la defunción u otras situaciones en las CCAA afectadas por el conflicto
- Esta documentación deberá ser validada con los certificados oficiales del Registro Civil, cuando finalice la huelga de funcionarios
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) está admitiendo provisionalmente, mientras se mantenga la huelga de funcionarios de Justicia, los certificados médicos de nacimiento y defunción, así como otros documentos alternativos para acreditar las distintas situaciones que dan lugar a prestaciones de maternidad, paternidad, ayuda por nacimiento o adopción de hijo y las derivadas de muerte y supervivencia (viudedad, orfandad y auxilio por defunción).
La Seguridad Social garantiza de esta forma el derecho de los ciudadanos a las prestaciones que precisan de certificados expedidos por el Registro Civil. Una circular del INSS establece la validez provisional de las solicitudes que se acompañen de estos documentos a condición de que al finalizar la huelga de funcionarios de Justicia, los ciudadanos presenten el correspondiente certificado oficial del Registro Civil.
Esta medida se extiende a las comunidades autónomas en las que la huelga de los funcionarios de Justicia está afectando al normal funcionamiento del Registro Civil: Castilla y León, Castilla-La Mancha, Murcia, Baleares, Extremadura, La Rioja y Asturias.