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Instituciones Penitenciarias suspende las comunicaciones íntimas, familiares y de convivencia en las prisiones de siete comunidades autónomas
25/08/2020
- La suspensión, con una vigencia inicial de 21 días, afecta a todos los centros de Madrid, País Vasco, La Rioja y Navarra, y a las prisiones de Mallorca, Zuera (Zaragoza) y Picassent, en Valencia
- Desde el final del estado de alarma se han registrado 31 positivos entre la población privada de libertad, la práctica totalidad tras el regreso de permisos o el ingreso de libertad
- Se mantienen las comunicaciones ordinarias, por locutorio, y se refuerza el sistema de videollamadas para paliar las restricciones
- La decisión se ha tomado tras analizar, caso por caso, la situación en cada uno de los centros dependientes de la Administración General del Estado
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha dispuesto este martes suspender las comunicaciones íntimas, familiares y de convivencia -las que no se realizan por locutorio- en los centros penitenciarios de Madrid, País Vasco, La Rioja y Navarra, en las prisiones de Mallorca y Zuera, en Zaragoza, y en el Centro Penitenciario Valencia-Antoni Asunción.
La decisión, con una vigencia inicial de tres semanas, se toma tras el estudio, caso por caso, de la situación de los centros dependientes de la Administración General del Estado, a partir de los últimos datos epidemiológicos facilitados por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad.
Se mantienen, sin embargo, las comunicaciones por locutorio –con una mampara de separación- y se van a reforzar las videollamadas para paliar los efectos de esta restricción.
Durante las últimas semanas, la Secretaría General ha escuchado las propuestas enviadas desde los centros penitenciarios y ha emitido recomendaciones específicas para cada uno de ellos. También ha recordado las medidas de la ‘nueva normalidad’ que se dictaron en junio y julio: cuarentenas sanitarias de entre siete y diez días para los internos que ingresen de libertad o reingresen de permiso, uso obligatorio de mascarilla tras las comunicaciones especiales, distanciamiento social, etc…
La suspensión de las comunicaciones se enmarca en la orden ministerial INT/407/2020 de 12 de mayo, en la que se establecía la posibilidad de revertir la vuelta a la normalidad en el ámbito de Instituciones Penitenciarias “si la situación epidemiológica así lo aconseja”. Y al amparo de lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria sobre restricciones a las comunicaciones.
Durante el estado de alarma, la afectación de la Covid-19 entre la población privada de libertad fue cuatro veces inferior a la de la población en general. Durante los tres meses de confinamiento, se registraron 85 positivos de internos e internas. En los algo más de dos meses transcurridos desde el fin del estado de alarma, el acumulado de positivos entre la población reclusa es de 31, la mayoría asintomáticos y detectados, en la práctica totalidad, tras el regreso de permisos o el ingreso de libertad. Entre los funcionarios, el acumulado de positivos desde el 21 de junio es de 36.