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El Gobierno de España destina 142,5 millones de euros en ayudas directas a pymes y autónomos de la Región de Murcia
26/03/2021
- Esta Línea Covid de apoyo al sector productivo consta de dos compartimentos: uno, dotado de 5.000 millones a distribuir entre las Comunidades Autónomas –salvo Baleares y Canarias– y Ceuta y Melilla; y otro, de 2.000 millones, para los dos archipiélagos
- El BOE publica la Orden Ministerial en la que se detalla la asignación por territorios de estos recursos contemplados en el Real Decreto-ley del pasado 12 de marzo para proteger a los sectores económicos más golpeados por la pandemia
- Los criterios para el reparto van en línea con los utilizados por la Comisión Europea y tienen en cuenta, para el primer compartimento, la caída del PIB, la pérdida de empleo durante la pandemia y el nivel de paro juvenil
Murcia, 26 de marzo de 2021. El Ministerio de Hacienda ha comunicado hoy el reparto de los 7.000 millones de euros con que está dotada la Línea Covid de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas entre las Comunidades Autónomas, de los que 142,5 millones de euros irán destinados a la Región de Murcia.
Los recursos del primer compartimento de 5.000 millones de euros se reparten entre las Comunidades Autónomas –menos Baleares y Canarias– y Ceuta y Melilla atendiendo a los mismos indicadores y con la misma ponderación que tienen en la asignación del fondo REACT EU, solo que actualizados a la fecha de publicación del Real Decreto-ley.
- Dos terceras partes de su importe se distribuyen según el peso relativo del indicador de renta de cada Comunidad Autónoma y Ciudad, que mide la caída del PIB en 2020 moderado en función de la prosperidad relativa de cada una de ellas.
El indicador de renta de cada Comunidad y Ciudad es la cifra resultante de dividir el peso relativo de cada entidad territorial en la caída del PIB de 2020 en relación con 2019 entre su respectiva prosperidad relativa, medida a través de su renta per cápita respecto de la renta per cápita nacional.
- Dos novenas partes del importe se distribuyen según el indicador de desempleo, que considera la media ponderada entre el peso de la Comunidad Autónoma y Ciudad en el total de parados registrados en enero de 2020 y su contribución al incremento del paro registrado nacional desde el 31 de enero y hasta final de ese ejercicio.
- Una novena parte de su importe se distribuye conforme al indicador de desempleo juvenil (16-25 años) que, análogamente al criterio anterior, considera la media ponderada entre el peso de la Comunidad Autónoma o Ciudad en el total de jóvenes parados registrados en enero de 2020 y su aportación al incremento del paro juvenil registrado a lo largo del año pasado en todo el país.
El Ministerio de Hacienda efectuará la transferencia de estos recursos a cada Comunidad Autónoma y a las Ciudades de Ceuta y Melilla dentro de los diez días siguientes en que adquiera eficacia el convenio que se celebre con cada uno de estos territorios. Aunque los entes territoriales también podrán solicitar que la liberación de estos fondos pueda realizarse con posterioridad.
De acuerdo con el Real Decreto-ley 5/2021, la Línea Covid se configura como una dotación de carácter presupuestario, cuyo objeto es la canalización de ayudas directas a autónomos y empresas, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado. Esa misma norma contempla también una línea destinada a la reestructuración de deuda financiera dotada con 3.000 millones de euros. Y además un fondo de recapitalización de empresas afectadas por la Covid-19 de 1.000 millones de euros.
Con esta medida el Gobierno de España muestra de nuevo su compromiso con el tejido productivo español, especialmente con las pymes y los autónomos. Esta iniciativa se suma otras decisiones adoptadas para proteger directamente a estos colectivos como la prestación por cese de actividad para los autónomos o las exoneraciones de las cotizaciones sociales. Además de la línea de crédito del ICO de 100.000 millones de euros que garantiza la liquidez de pymes y autónomos.
Posteriormente, se dictará otra Orden Ministerial en la que se especificarán cuestiones técnicas que resultan necesarias para el desarrollo de las ayudas previstas en el Título I del Real Decreto-ley.