Cerca de 75.000 autónomos en Cataluña reciben ayudas por la pandemia este mes

Cerca de 75.000 autónomos en Cataluña reciben ayudas por la pandemia este mes

29/04/2021

  • La Seguridad Social abona 426,74 millones de euros en ayudas por la pandemia a más de 450.000 autónomos
  • El 35,29% de los autónomos de la Hostelería y el 26,58% de los trabajadores de Actividades artísticas y de entretenimiento reciben una prestación
  • La delegada del Gobierno ha destacado “la importante labor que ha llevado a cabo el Gobierno desde el inicio de la pandemia para ayudar a los sectores más afectados.”

Barcelona, 29 de abril.- Cerca de 75.000 autónomos en Cataluña reciben ayudas por la pandemia este mes, un 16,46% del total. La Seguridad Social abona mañana una nómina estimada de 426,74 millones de euros a más de 450.000 trabajadores autónomos a los que les ha sido reconocida alguna de las prestaciones puestas en marcha para paliar la situación de este colectivo como consecuencia de la pandemia de la COVID-19. En concreto, se han aprobado 55.419 solicitudes en la provincia de Barcelona, 7.967 en la provincia de Girona, 3.715 en Lleida y 7.581 en la provincia de Tarragona.

Desde marzo de 2020, se han abonado prestaciones destinadas a este colectivo por un valor de 6.395 millones de euros. Estas ayudas se han ido adaptando a la marcha de la pandemia gracias a sucesivos acuerdos con las asociaciones de autónomos.

La delegada del Gobierno en Cataluña, Teresa Cunillera, ha destacado “la importante labor que ha llevado a cabo el Gobierno desde el inicio de la pandemia para ayudar a los sectores más afectados y para que nadie se quede atrás”.

La prestación para autónomos compatible con la actividad, destinada a aquellos trabajadores que han visto disminuida su facturación de manera notable, alcanza a 361.346 beneficiarios. Por su parte, la ayuda que se diseñó para proteger a aquellos trabajadores que no cumplen los requisitos para acceder a la anterior prestación compatible con la actividad (por ejemplo, por tener una tarifa plana o no tener el periodo de cotización necesario) contempla en esta nómina prestaciones para 79.056 trabajadores por cuenta propia.

El número de trabajadores autónomos que reciben la prestación por una suspensión temporal de toda la actividad a causa de resolución de la autoridad competente se ha reducido este mes a causa del levantamiento de las restricciones en algunas comunidades autónomas. En la nómina que se abona mañana, unos 9.767 trabajadores autónomos reciben esta ayuda, frente a los 40.347 beneficiaros de la anterior nómina. En esta cifra se incluyen tanto los trabajadores que venían percibiendo la prestación con anterioridad a su prórroga en el RD-Ley 2/2021 como las nuevas prestaciones.

La prestación específica para trabajadores por cuenta propia de temporada llega en abril a 814 trabajadores.

NÓMINA ESTIMADA (30 abril 2021)
Prestación Beneficiarios Nómina (euros)
Prestación compatible con la actividad 361.346 381.648.184,29
Prestación para autónomos obligados a suspender su actividad por resolución administrativa* 9.767 5.052.490,89
Prestación por bajos ingresos 79.056 38.833.610,84
Prestación para trabajadores de temporada 814 541.676,42
Prestaciones procedentes del RD 30/2020 645 529.132,22
Presetaciones extintas, del Real Decreto-ley 8/2020 y 24/2020 158 140.016,31

 *Se incluyen los beneficiarios que venían percibiendo la prestación con anterioridad a su prórroga en el RD-Ley 2/2021 y las nuevas prestaciones.

 

Beneficiarios por sectores

El 35,29% de los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del sector de la Hostelería cuenta con una prestación este mes con una ayuda, porcentaje que asciende al 26,58% en el caso de Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento. En el sector de Transporte y almacenamiento, el 23,46% de los autónomos cuenta con ella.

En números absolutos, Hostelería, con 112.284 prestaciones, y Comercio, con 101.969, son los sectores con más afiliados con prestación este mes.

PRESTACIONES APROBADAS A 26 DE ABRIL

C.N.A.E Solicitudes aprobadas Porcentaje sobre el total de afiliados
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca 3.323 1,25%
Industrial extractivas 75 4,42%
Industria manufacturera 10.080 8,60%
Suministro energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado 90 5,25%

Sumi de agua, saneamiento, gestión de residuos y descont

100 4,11%

Construcción

26.887 6,79%

Comercio al por mayor y al por menor, repar vehículos y moto

101.969 13,21%

Transporte y almacenamiento

50.422 23,46%

Hostelería

112.284 35,29%

Información y comunicaciones

5.578 8,00%

Actividades financieras y de seguros

1.984 3,29%

Actividades inmobiliarias

5.863 11,74%

Actividades profesionales, científicas y técnicas

24.281 8,09%

Actividades administrativas y servicios auxiliares

21.549 16,25%

Administración pública y defensa; Seguridad Social oblig

125 10,73%

Educación

14.543 15,33%

Actividades sanitarias y de servicios sociales

8.060 6,59%

Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento

19.140 26,58%

Otros servicios

39.344 18,62%

Actividades de los hogares como empleadores domésticos

35 10,23%

Actividades de organizaciones y organismos extraterrit

69 28,28%
TOTAL 453.801 13,76%

Esquema de ayudas

El esquema actual, pactado con las asociaciones de autónomos, está vigente hasta el 31 de mayo.

En concreto, la prestación por suspensión de actividad va dirigida a aquellos trabajadores autónomos que vean suspendida toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID 19. Su cuantía es del 50% de la base mínima de cotización y se incrementará un 20% si el autónomo es miembro de una familia numerosa. Este, además, queda exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo contará como cotizado. La prestación es compatible con ingresos por cuenta ajena hasta de 1,25 veces el SMI. El beneficio mínimo estimado es de 760 euros mensuales.

Asimismo, la prestación compatible con la actividad la pueden solicitar aquellos trabajadores cuyos ingresos en el primer semestre de 2021 hayan caído el 50% (antes era el 75%) respecto al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.

La prestación extraordinaria por bajos ingresos, por su parte, es para quienes no cumplen los requisitos para acceder a las anteriores. Se destina a aquellos autónomos que sufren una caída de ingresos y que en el primer semestre de 2021 no hayan superado los 6.650 euros. La cuantía es del 50% de la base mínima y es compatible con ingresos por cuenta ajena de 1,25 veces el SMI. También continúa, adaptando el periodo de referencia, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021.