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Abierta la convocatoria del Plan Especial de Empleo Agrario para la provincia de Teruel, con novedades en sus requisitos
05/08/2020
* El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy la convocatoria del Plan Especial de Empleo Agrario de Aragón para 2020, que introduce importantes novedades en sus criterios
* La cuantía de las subvención pasa a ser la necesaria para contratar a dos trabajadores durante tres meses (o contratación equivalente) y se excluyen los proyectos de poda y limpieza
El Boletín Oficial de la Provincia de Teruel publica hoy la convocatoria del Plan Especial de Empleo Agrario de Aragón para 2020 para la provincia. Este programa permite optar a las corporaciones locales a subvenciones, en régimen de concesión directa, para la contratación de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, en proyectos de interés general y social. Desde la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se informa de significativas novedades respecto a anteriores ediciones, así como de que el plazo de solicitud para estas ayudas es de 15 días hábiles.
Las tres principales novedades respecto a convocatorias anteriores son:
1º- La cuantía de la subvención pasa de ser la necesaria para contratar a un trabajador durante tres meses, a la necesaria para contratar a dos trabajadores tres meses (o contratación equivalente.)
2º- Quedarán automáticamente excluidas las siguientes obras y/o proyectos:
- Los que contengan trabajos de poda de arbolado y arbustos.
- Los que contengan trabajos de limpieza de cualquier tipo (excepto los necesarios para realizar la obra a ejecutar).
- Actuaciones que por su temporalidad puedan competir con la oferta de empleo que el mercando estacional genera (cosechas, campañas agrícolas, etc.).
3º- En cuanto a los criterios de reparto:
- Se asigna un 33% del presupuesto de la convocatoria para proyectos de ayuntamientos cuya media de paro agrícola en los doce meses anteriores a la convocatoria sea de 5 o superior; y un 64% para proyectos de ayuntamientos cuya media de paro agrícola en los doce meses anteriores a la convocatoria sea inferior a 5.
- En cada uno de los grupos (de >0 y <5; y >5) se priorizarán los proyectos por la cuantía de la aportación de la entidad solicitante por el concepto B) COSTES MATERIALES, del apartado III COSTES DE LA OBRA, de la Solicitud de Subvención normalizada según Orden Ministerial de 26 de octubre de 1998.
Por último, la Dirección Provincial del SEPE indica que, teniendo en cuenta que las obras y/o proyectos deben dar comienzo en el presente ejercicio, el plazo de solitud será de 15 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.