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150 localidades aragonesas pueden optar a las subvenciones para reparar los daños causados por las catástrofes acaecidas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2019
19/06/2020
* Los municipios y redes provinciales afectados se encuentran en Aragón, Asturias, Cantabria, Galicia, Comunidad Valenciana y Región de Murcia
* La cuantía total de las ayudas para toda España alcanza los 12,7 millones de euros
* Las solicitudes se pueden presentar desde mañana y durante quince días hábiles en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno de los territorios afectados
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública convoca las subvenciones previstas en el Real Decreto 630/2019, de 31 de octubre, por el que se declara la aplicación de las medidas contempladas en el artículo 7 del Real Decreto-ley 2/2019, sobre medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales, a diversas situaciones catastróficas acaecidas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2019. El BOE publica hoy un extracto de la resolución, que puede beneficiar a 150 localidades aragonesas (87 de Huesca y 63 de Zaragoza).
El importe máximo de las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria es de 12.708.189,41 euros.
Entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2019, se produjeron situaciones de naturaleza catastrófica provocadas por temporales de lluvias, nieve, inundaciones, desbordamientos de ríos y torrentes e incendios forestales que requirieron medios extraordinarios estatales y ocasionaron daños en infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal, así como en la red viaria de las diputaciones provinciales o de las comunidades autónomas uniprovinciales.
Municipios y entidades que se pueden beneficiar de las ayudas
Los episodios se registraron en diversos puntos de la geografía nacional, localizados en Aragón –provincias de Huesca y Zaragoza–, Principado de Asturias, Cantabria, Galicia -municipio de Rianxo-, Comunidad Valenciana –provincia de Valencia– y Región de Murcia -municipio de Los Alcázares-.
Los lugares de Aragón que puede acogerse a estas ayudas son los siguientes:
- Provincia de Huesca: Abizanda, Agüero, Aínsa-Sobrarbe, Albero Bajo, Alcalá de Gurrea, Alerre, Almudévar, Almuniente, Angüés, Ansó, Antillón, Aragüés del Puerto, Arén, Argavieso, Arguis, Ayerbe, Azara, Azlor, Baélls, Bailo, Bárcabo, Benabarre, Benasque, Beranuy, Bielsa, Biescas, Bisaurri, Boltaña, Bonansa, Caldearenas, Camporrélls, Canal de Berdún, Canfranc, Capdesaso, Casbas de Huesca, Castejón de Monegros, Castejón de Sos, Castillonroy, Chalamera, Chía, Fanlo, Fiscal, Fonz, Foradada del Toscar, Fueva (La), Gistaín, Graus, Gurrea de Gállego, Hoz de Jaca, Hoz y Costean, Jasa, Laluenga, Lascuarre, Laspaúles, Lupiñén-Ortilla, Montanuy, Naval, Osso de Cinca, Panticosa, Peñas de Riglos (Las), Peralta de Alcofea, Perarrúa, Plan, Puente de Montañana, Puente la Reina de Jaca, Puértolas, Sabiñánigo, Sahún, Salas Bajas, Sallent de Gállego, San Esteban de Litera, San Miguel del Cinca, Santa Cruz de la Serós, Santaliestra y San Quílez, Secastilla, Sopeira, Sotonera (La), Tella-Sin, Tierz, Torla-Ordesa, Torres de Barbués, Valle de Hecho, Velilla de Cinca, Viacamp y Litera, Yebra de Basa y Yésero.
- Provincia de Zaragoza: Ainzón, Alcalá de Ebro, Alfajarín, Almunia de Doña Godina (La), Alpartir, Ardisa, Berdejo, Bijuesca, Boquiñeni, Burgo de Ebro (El), Cabañas de Ebro, Calatayud, Calatorao, Calcena, Chodes, Codos, Cosuenda, Daroca, Ejea de los Caballeros, Erla, Fuendejalón, Fuentes de Ebro, Gallur, Gelsa, Grisén, Letux, Litago, Luceni, Luna, Malón, Manchones, Morés, Moros, Murero, Novillas, Nuez de Ebro, Orera, Osera de Ebro, Pastriz, Pina de Ebro, Pradilla de Ebro, Quinto, Remolinos, Rueda de Jalón, Sabiñán, Santa Eulalia de Gállego, Sástago, Sobradiel, Sos del Rey Católico, Tauste, Tobed, Torrelapaja, Torres de Berrellén, Torrijo de la Cañada, Tosos, Uncastillo, Urrea de Jalón, Utebo, Valpalmas, Velilla de Ebro, Villafranca de Ebro, Villalengua y Zaragoza.
Las subvenciones son para obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios municipales y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales.
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública, tras analizar las valoraciones de los cuantificó las necesidades presupuestarias que requeriría una futura convocatoria de ayudas que materializase las previsiones indicadas. El Consejo de Ministros del pasado 19 de mayo autorizó los límites de los compromisos de gastos que hubieran de extenderse a ejercicios posteriores y procedió a autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y a conceder un crédito extraordinario para el ejercicio de 2020.
Importe de las subvenciones y plazos
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias de las ayudas las diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales determinadas en el ámbito de aplicación, sin perjuicio del carácter de interesados de las entidades locales solicitantes incluidas en el ámbito territorial de aplicación.
Las solicitudes de subvención se presentarán en delegaciones y subdelegaciones del Gobierno de los territorios afectados en el plazo de quince días hábiles, a partir de mañana viernes 19 de junio.
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública asignará las subvenciones con cargo al crédito habilitado con la siguiente distribución de anualidades:
EJERCICIO PRESUPUESTARIO |
IMPORTES |
2020 |
5.400.980,51 € |
2021 |
5.972.849,02 € |
2022 |
762.491,36 € |
2023 |
571.868,52 € |
TOTAL |
12.708.189,41 € |