El Gobierno autoriza a Cataluña e Illes Balears a participar en la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Pirineos-Mediterráneo
05/06/2009
Consejo de Ministros
- Esta es la tercera AECT en la que participa España, tras las de Galicia-Norte de Portugal y Duero-Douro
- Estas nuevas figuras son piezas clave en la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional en la UE
El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de los titulares de Política Territorial y Asuntos Exteriores y Cooperación, un acuerdo por el que se autoriza la participación de los gobiernos de Cataluña y Illes Balears en la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT) Pirineos-Mediterráneo, que forman junto a las regiones francesas de Languedoc-Roussillon y Midi-Pyrénées.
La nueva AECT, que tendrá su sede en Toulouse, persigue la colaboración de las regiones que la integran, entre otros, en proyectos económicos interregionales, de innovación tecnológica, de desarrollo del turismo, de preservación del entorno o de accesibilidad.
Esta es la tercera AECT en la que participa España, una vez que el Gobierno traspuso mediante Real Decreto a la normativa española el Reglamento 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo que regula las agrupaciones europeas de cooperación territorial.
Las AECT tienen personalidad jurídica propia y persiguen reforzar la cohesión económica y social en la Unión Europea mediante el desarrollo de iniciativas de cooperación territorial y se convierten en motores de la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional en la UE
La Agrupación Europea de Cooperación Territorial Galicia-Norte de Portugal fue la primera en constituirse, tras la autorización otorgada el 27 de junio de 2008 por el Gobierno a la Xunta de Galicia para participar en esta agrupación junto a Portugal.
La segunda en formarse fue la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Duero-Douro. Una orden del Ministerio de Administraciones Públicas autorizó el 7 de marzo de 2009 la participación en la agrupación de 102 entidades locales de las provincias de Salamanca y Zamora, del Organismo Autónomo D-Arribes y de la Asociación de Municipios para la Cooperación y el Desarrollo.
AUTORIZACIÓN Y REQUISITOS
El Real Decreto, que determina el procedimiento de autorización a las entidades españolas que deseen participar en una agrupación europea de cooperación territorial, establece que el Consejo de Ministros será el competente para autorizar la participación en una AECT cuando uno de los integrantes sea un Estado, un órgano de la Administración General del Estado o una o varias comunidades autónomas. El resto de autorizaciones corresponderá al Ministerio de Política Territorial.
Las AECT fueron creadas por el Reglamento 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo con el objetivo de reforzar la cohesión económica y social en la Unión Europea mediante el desarrollo de iniciativas de cooperación territorial, ya sean cofinanciadas por la UE o costeadas por los Estados miembros o por sus autoridades regionales o locales.
Pueden formar parte de una agrupación europea de cooperación territorial los Estados miembros, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos de derecho público. Para su constitución será preciso que las entidades promotoras pertenezcan, al menos, a dos Estados miembros de la UE.