Jordi Sevilla presenta el informe sobre el “Código para el Buen Gobierno del Gobierno”

10/12/2004

  • Habrá comparecencias previas al nombramiento de los titulares de órganos constitucionales y de otros entes reguladores
  • Se suprimen los tratamientos oficiales de carácter protocolario
  • Se creará un Observatorio de Conflicto de Intereses
Esta medida legislativa pretende orientar, perfeccionar, premiar y, en su caso, sancionar, el comportamiento que los españoles esperan de los altos cargos de la Administración, así como incorporar al Gobierno de España las mejores prácticas del sector privado y de las democracias más avanzadas. El informe consta de tres partes: El desarrollo de un Código de buen gobierno del Gobierno, la modificación del actual Régimen de Incompatibilidades de los altos cargos de la Administración, y el establecimiento de requisitos previos para el nombramiento de los titulares de determinados órganos constitucionales y de otros entes reguladores. 1.- Código del Buen Gobierno del Gobierno El desarrollo de este instrumento legal persigue el incremento de la confianza que los ciudadanos depositan en la Administración, de forma que ésta responda a las exigencias de la sociedad moderna, y los altos cargos que ostentan el ejercicio de Gobierno estén a la altura en su comportamiento ético. El Código promoverá la imparcialidad e independencia de los altos cargos del Gobierno, la austeridad en el uso del poder y la transparencia y la igualdad ante la Ley. Esto se traduce en una serie de medidas que se resumen en: • Dedicación al servicio público Los altos cargos de la Administración General del Estado se abstendrán de aceptar cargos en órganos ejecutivos de dirección de partidos políticos de ámbito autonómico o estatal, con excepción del Presidente, los miembros del Gobierno y los Secretarios de Estado. • Transparencia informativa Los altos cargos proporcionarán información a los ciudadanos y a los medios de comunicación acerca del funcionamiento de los servicios públicos que tengan encomendados y, cuando realicen campañas de información, lo harán evitando cualquier actuación que las aleje de su contenido informativo. • Austeridad en el uso del poder Los altos cargos evitarán toda manifestación externa inapropiada u ostentosa que pueda menoscabar la dignidad con que ha de ejercerse el cargo público • Prohibición de aceptar regalos Se rechazará cualquier regalo, favor, préstamo, servicio u otra prestación económica en condiciones ventajosas que, más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, puedan condicionar el desempeño de sus funciones. • Supresión de los tratamientos El único tratamiento oficial de carácter protocolario será el de señor/señora, seguido de la denominación del cargo empleo o rango correspondiente • Promoción del entorno cultural La protección del entorno cultural y de la diversidad lingüística inspirará las actuaciones de los altos cargos adoptadas en el ejercicio de sus competencias • Protección y respeto de la igualdad de género En la actuación administrativa y, particularmente, en la adopción de decisiones, velarán por promover el respeto a la igualdad de género, removiendo los obstáculos que puedan dificultar la misma. Con esta iniciativa, el Gobierno español aplica además las recomendaciones de las organizaciones internacionales más importantes (OCDE, Consejo de Europa, ONU), recomendaciones que vienen siendo llevados a la práctica en países de arraigada tradición democrática (EEUU, Canadá, Reino Unido). Este Código de Buen Gobierno afectará a: • Miembros del Gobierno y todos los altos cargos de la Administración General del Estado. • Presidentes, directores y gerentes de las empresas públicas, de las fundaciones públicas y de los órganos reguladores y de supervisión. • El texto se irá adaptando y extendiendo al conjunto de los empleados públicos a partir de la aprobación del “Estatuto Básico del Empleado Público”. 2.- Actualización del Régimen de incompatibilidades Los altos cargos ejercerán sus funciones con dedicación absoluta y no podrán compatibilizar su actividad con el desempeño de cualquier otro puesto, ya sea de carácter público o privado, por cuenta propia o ajena, por lo que no podrán percibir cualquier otra remuneración. Estas son algunas de las novedades que incorpora la reforma del régimen de incompatibilidades propuesto, con el fin de evitar conflictos de intereses: - El Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales de altos cargos tendrá carácter público. - El contenido de las Declaraciones de actividades y de bienes y derechos patrimoniales se publicará en el BOE. - Existirán sanciones especiales con apertura de expediente, publicación en el Boletín Oficial del Estado y comunicación especial a la empresa contratante. - Quienes infrinjan la normativa no podrán ser nombrados de nuevo en un periodo de diez años. - Los bienes de altos cargos en valores mobiliarios se administrarán en un fondo “ciego”, sin conocimiento de los interesados. - Creación de un Observatorio de Conflicto de intereses 3.- Requisitos previos para el nombramiento de los titulares de determinados órganos constitucionales y de otros entes reguladores Los siguientes cargos estarán obligados a comparecer ante el Parlamento, con carácter previo a su nombramiento: • Presidente y miembros del Consejo General del Poder Judicial • Fiscal General del Estado • Presidente y miembros del Tribunal Constitucional • Defensor del Pueblo y Adjuntos al mismo • Presidente del Consejo de Estado • Presidente y Consejeros del Tribunal de Cuentas Por último, se someterán, con carácter previo a su nombramiento, a la obligación de comparecer ante la Comisión Parlamentaria que corresponda, las personas que vayan a ser designadas máximos responsables en: • Los órganos reguladores y de supervisión • La Agencia de Protección de Datos • El Consejo Económico Social • El Ente Público Radiotelevisión Española Este Código del Buen Gobierno del Gobierno es la plasmación del compromiso del Ejecutivo por una nueva ética de gobierno, y que en el caso del departamento que dirige Jordi Sevilla se inscribe en el Decálogo para una nueva Administración presentado el mes pasado, y que incluye, entre otros, una nueva cultura de evaluación de resultados (Agencia Evaluación Calidad, Ley de Agencias), o un nuevo modelo de empleo público (Estatuto de la Función Pública, reforma de los procesos de selección, integración de los discapacitados..).