- Es el primer Ministerio que completa su reestructuración.
Las variaciones se producen en virtud de los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De esta forma, el Ministerio de Administraciones Públicas dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, de la que dependen dos Direcciones Generales, y que asume las competencias de la anterior Secretaría de Estado de Organización Territorial del Estado.
Al mismo tiempo, se crea la Secretaría General para la Administración Pública, que asume las funciones de la anterior Secretaría de Estado de idéntica denominación, y de la que pasan a depender sus tres Direcciones Generales y los Organismos Autónomos MUFACE e INAP.
Por último, surge una nueva Dirección General de Recursos Humanos Programación Económica y Administración Periférica, en el seno de la Subsecretaría de Administraciones Públicas, de la que también depende la Secretaría General Técnica.