Casi 41.000 autónomos de la Región de Murcia cobrarán este viernes la prestación extraordinaria por cese de actividad
28/05/2020
- El pequeño comercio y la hostelería son los principales beneficiarios de una medida que implica también la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal
- Más de 1,4 millones la recibirán en toda España, lo que supone un importe de 1.200 millones de euros y un total de 2.500 millones tras lo desembolsado los pasados 17 y 30 de abril
Murcia, 28 de mayo de 2020. Un total de 40.968 autónomos de la Región de Murcia cobrarán este viernes la prestación extraordinaria por cese de actividad, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal y fue aprobada en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma.
La cifra supone 7.000 nuevas prestaciones respecto a los cerca de 34.000 autónomos murcianos que la recibieron el pasado 30 de abril.
“Quiero recordar que tiene acceso a esta prestación cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior, y que los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio durante la desescalada seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma”, ha explicado José Vélez, delegado del Gobierno, que se ha mostrado satisfecho y orgulloso del escudo social que está creando el Gobierno de España para proteger a los más perjudicados por la emergencia sanitaria.
Ayudas en toda España
Más de 1,4 millones de autónomos cobrarán mañana esa prestación extraordinaria. El importe previsto para dicho pago es de unos 1.200 millones de euros, que sumados a los desembolsados los pasados 17 y 30 de abril, suponen alrededor de 2.500 millones de euros en prestaciones.
Beneficiarios
Los sectores con más beneficiarios de la prestación son Comercio (351.627), Hostelería (261.336), y Construcción (152.646). Entre estos tres sectores, superan la mitad de las solicitudes concedidas.
Para acceder a esta prestación, el trabajador o trabajadora por cuenta propia debe estar inscrito en el régimen de la Seguridad Social correspondiente. El requisito es verse afectado por el cierre del negocio debido a la declaración del estado de alarma o haber sufrido una merma del 75% en la facturación del mes natural anterior a la fecha de la solicitud.
En general, se tomará de referencia la media mensual del semestre anterior, salvo en algunos colectivos, como el régimen agrario, del mar –con actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, en los que el periodo de cálculo se adapta a sus peculiaridades.
Para acreditar la pérdida de ingresos, el solicitante debe aportar la información contable que lo justifique. Para ello podrá presentar desde la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, el libro diario de ingresos y gastos, el libro registro de ventas e ingresos, hasta el libro de compras y gastos. Si no está obligado a llevar esa documentación de contabilidad, valdrá cualquier medio de prueba admitido en derecho, como el taxímetro en el caso de los taxistas.
Para solicitar esta prestación, un trámite que se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, no se requiere periodo mínimo de cotización. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.
La Tesorería General de la Seguridad Social ya ha devuelto la parte correspondiente de la cuota de marzo de 1.028.016 autónomos y autónomas a los que se les concedió la prestación después de haber pasado la orden de cobro. El importe de la devolución asciende a 169,06 millones de euros.