A partir del 1 de febrero se dejarán de realizar las renovaciones automáticas de demanda de empleo

A partir del 1 de febrero se dejarán de realizar las renovaciones automáticas de demanda de empleo

12/01/2021

• López Ochoa pide que, si es posible, se evite el desplazamiento a la oficina del SEPE y se renueven de forma telemática

• SEPE atenderá presencialmente pero, por cuestiones de seguridad sanitaria, se limitará el número de personas

• Ya no están operativos los ‘números 900’, la atención telefónica se realiza a través de 952990798, 912738383 y 912738384

• La empresas deben comunicar todos los meses al SEPE la parte de la jornada que han realizado los trabajadores sujetos a ERTE


A partir del 1 de febrero se dejarán de realizar las renovaciones de demanda de empleo de forma automática, tal y como ha informado la Directora Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de Melilla, Rosa López Ochoa.

“A raíz de la situación creada por la pandemia, desde el 14 de marzo del año pasado, debido a que se tomaron medidas como el confinamiento, SEPE acordó que se hicieran las renovaciones de demanda de forma automática”, ha recordado López Ochoa.

Dichas renovaciones, conocidas comúnmente como “sellado”, se han venido haciendo de oficio desde marzo hasta la fecha actual. Pero, a partir del 1 de febrero, volverán a ser los interesados los que deberán gestionar sus propias renovaciones de demanda de forma personal.

La oficina del SEPE abrirá de forma presencial al público a partir del 1 de febrero pero con un cupo reducido y un aforo limitado por una cuestión de seguridad sanitaria. “A primera hora de la mañana se va a dar un número limitado de atención presencial”, ha avanzado López Ochoa.

De hecho, dado que seguimos en una situación excepcional, la Directora Provincial del SEPE ha hecho un llamamiento para que, en la mediad de lo posible, los ciudadanos eviten el desplazamiento hasta la oficina del SEPE.

En este sentido ha sugerido que a lo largo de este mes, aquellos usuarios que no dispongan aún de certificado digital o de DNI electrónico, gestionen las cl@ves para poder hacer la renovación de la demanda de empleo de manera on line a través de la web del SEPE. “Por motivos de seguridad sanitaria, en la medida de lo posible deben evitarse los desplazamientos, y renovar la demanda de manera no presencial”, ha sugerido.

López Ochoa ha señalado que cualquier información al respecto está disponible en la página del SEPE https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/informacion-covid-19-melilla.html.

Atención telefónica

Tal y como ya se informó a principios de diciembre del año pasado, los teléfonos de atención del SEPE han cambiado al desaparecer los llamados ‘números 900’. Para la atención al ciudadano están los teléfonos 952 990 798 –que opera de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas- y el 912 738 383.

Para solicitar cita previa está el número 912 738 384 -24 horas al día- y para la atención a empresas se habilitó el número de teléfono 912 738 385.

Comunicar los ERTEs

En otro orden de cosas,  López Ochoa ha recordado que en la tramitación de los Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), las empresas están obligadas a seguir comunicado al SEPE, a mes vencido, la situación real de las plantillas de los trabajadores que tengan afectados por dichos ERTEs.

“Si en la tramitación de un ERTE ha habido alguna incorporación parcial, con una parte de la jornada que sí se hace realmente y otra que se mantiene en ERTE, las empresas están obligadas todos los meses, a vencimiento del mes, a comunicar al SEPE, a través de los ficheros XML, la situación real de esos trabajadores con la jornada que realmente han realizado”, ha subrayado

Es más, “una vez comunicado un mes, no quiere decir que no se deba repetir dicha comunicación”, ha insistido. “Las empresas deben comunicar mes a mes todos y cada uno de los movimientos que hay de personal en dicha empresa”, ha dejado claro.

Porque, tal y como ha señalado, “en el momento que un mes no se nos comunique a mes vencido la realidad de la situación en la que ese trabajador está, se puede producir un retraso en el reconocimiento de su prestación y verse afectado el trabajador”.