Campaña especial de la DGT para el control de las tasas de alcoholemia en la carreteras de Extremadura
03/07/2009
Entre los días 6 y 19 de julio se realizarán más de 200 controles de alcoholemia en las carreteras extremeñas
Desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal en Extremadura han sido detenidos por alcoholemia 1.052 conductores
La Dirección General de Tráfico inicia el próximo lunes, 6 de julio, una nueva Campaña de Control de la Tasa de Alcoholemia entre los conductores con el fin de lograr una reducción de la cifra de víctimas como consecuencia de los accidentes de circulación.
Esta campaña, marcada en las Campañas y Operaciones de Vigilancia y Control para el año 2009 llevadas a cabo por la Dirección General de Tráfico, tendrá lugar entre el 6 y el 19 de julio en todas las carreteras extremeñas. Se realizarán más de 200 controles a lo largos de estos días y se prevé realizar controles a más de 10.000 conductores.
En la campaña participarán un total de 882 agentes, entre miembros de la Agrupación de Tráfico y personal que realiza sus labores en los distintos cuarteles de la región, que realizarán más de 200 controles en las carreteras de la Comunidad Autónoma.
Desde la modificación del Código de Circulación en Extremadura han sido puestos a disposición judicial 1.052 conductores por sobrepasar la tasa de alcoholemia permitida.
Incremento de los controles durante todo el año
Esta campaña supone una intensificación de la actividad habitual de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de Extremadura y persigue evitar el consumo de alcohol por parte de los conductores, especialmente en una época en la que comienzan las fiestas estivales de las localidades de la región y el tránsito entre ellas es habitual, por lo que desde la Dirección General de Tráfico se insiste en la recomendación de no consumir alcohol durante la conducción.
En este sentido, durante el año 2006 se realizaron en Extremadura un total de 69.237 pruebas de alcoholemia, de las que 1.669 dieron resultado positivo; es decir, un 2,41% del total de pruebas realizadas. A lo largo del año 2007 el número de pruebas de alcoholemia realizadas fue de 77.599, de las que 1.531 dieron positivas, lo que supuso un 1,97% del total de pruebas realizadas.
Durante 2008 la Guardia Civil de tráfico en Extremadura incremento en un 30% las pruebas de alcohol realizadas a lo largo de todo el año, alcanzando las 100.379, de las cuales 1.508 dieron resultado positivo, lo que supone 23 menos en número absolutos que en el año anterior y representan el 1,50% del total de pruebas realizadas.
Pruebas de Alcoholemia realizadas | |||||||
| Año | Variación | |||||
2006 | 2007 | 2008 | 06/07 | % | 07/08 | % | |
Extremadura | 69.237 | 77.599 | 100.379 | 8.362 | 12,08% | 22.780 | 29,35% |
Pruebas de Alcoholemia positivas | ||||||
| Total pruebas con resultados positivo | Porcentaje de positivos sobre pruebas realizadas | ||||
2006 | 2007 | 2008 | 2006 | 2007 | 2008 | |
Extremadura | 1.669 | 1.531 | 1.508 | 2,41% | 1,97% | 1,50% |
El descenso en el número de pruebas de alcoholemia con resultados positivos en Extremadura es un indicador del incremento de la concienciación de los conductores respecto al consumo de alcohol, pero no obstante, como reza un lema de la DGT, “menos son muchos”, la vigilancia sobre este tipo de comportamientos de riesgo sigue en aumento permanente. A lo largo de 2008 se detecto el consumo de alcohol como causa probable de 163 accidentes en las carreteras de Extremadura, por lo que el objetivo sigue siendo prevenir todo lo posible este tipo de comportamientos de riesgo.
Más de 1.000 detenidos por conducir bajo los efectos del alcohol
Desde la entrada en vigor de la modificación del Código Penal que tipifica la conducción bajo los efectos del alcohol como delito, en diciembre de 2007 se han producido en Extremadura más de 1.000 detenciones por este motivo. En concreto, han sido 1.052 los conductores que han sido detenidos en Extremadura por superar las tasas de alcohol permitidas por la ley, a los que hay que sumar otros 41 que lo han sido por negarse a realizar las pruebas de alcoholemia.
El consumo de alcohol durante la conducción es, con mucho, la principal causa de las detenciones de conductores por conductas tipificadas como delito en el código penal. Los 1.093 detenidos por sobrepasar la tasa permitida o por negarse a la realización de la prueba de alcoholemia suponen el 70% de todos los conductores detenidos por todas las infracciones tipificadas como delito, como son, entre otros circular sin haber obtenido el permiso de conducción, hacerlo cuando se ha sido privado del mismo por la autoridad judicial, superar la velocidad permitida en determinados porcentajes o conducir de forma temeraria. En total, desde la modificación del Código Penal que introduce determinadas infracciones en la conducción como delitos, en Extremadura han sido detenidos 1.540 conductores.
Normativa
En el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las establecidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.
También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica. Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 302 a 602 euros, imponiéndose además, en todo caso, la suspensión del permiso para conducir por un periodo de hasta tres meses.
Permiso por puntos
El sistema de permiso para conducir por puntos fija las siguientes pérdidas por este tipo de infracciones:
-Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de 2 años de antigüedad, se restarán 6 puntos y 600 €.
-Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l se restarán 4 puntos y 450€.
-También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia.
Código Penal
El Código Penal, en su capitulo IV en el que se tipifican los delitos contra la seguridad del tráfico, establece que se considera delito cuando la tasa de alcohol en sangre supera los 0,60 miligramos por litro. Las penas que establece el Código Penal son:
-Artículo 379: Pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
-Artículo 380: Negarse a someterse a las pruebas legalmente establecidas será castigado como autor de un delito de desobediencia grave.
-Artículo 381: Si pusiera en peligro la vida o la integridad de las personas, será castigado con penas de prisión de 6 meses a 2 años, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 6 años.