La Delegación del Gobierno informa de los recursos tecnológicos disponibles a los sectores obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración
15/11/2016
- Las nuevas Leyes 39/15 y 40/15 establecen que las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y profesionales de colegiación obligatoria tienen que realizar sus trámites con las Administraciones Públicas exclusivamente por medios electrónicos
- En distintas sesiones se han dado a conocer las herramientas ya disponibles, y las que se implementarán a medio plazo, para que puedan cumplir con esta disposición
Más de un centenar de personas han asistido en el último mes a las jornadas informativas organizadas por la Delegación del Gobierno en Aragón para difundir los principales aspectos sobre Administración Electrónica contenidos en las nuevas leyes 39/15 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/15 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Representantes de organizaciones empresariales y sindicales, colegios profesionales, asociaciones (profesionales, de vecinos y de consumidores) y empleados públicos han conocido las nuevas obligaciones digitales que les impone esta legislación. Desde su entrada en vigor el pasado 2 de octubre, todos ellos, en tanto que personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica o personas físicas que ejercen una actividad profesional para la que requieren colegiación obligatoria están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para realizar cualquier trámite de un procedimiento administrativo. De la misma manera lo están los empleados de las Administraciones Públicas para las actuaciones que realicen por razón de su condición de empleado público.
En las sesiones realizadas, los asistentes han podido conocer las aplicaciones y herramientas tecnológicas que la Administración General del Estado (AGE) ya tiene en funcionamiento para trámites telemáticos, como por ejemplo el Registro Electrónico de la Administración General del Estado, y distintos medios de identificación y firma digital, como el certificado digital o la Cl@ve Permanente.
Las Administraciones Públicas, que también están obligadas a relacionarse entre sí electrónicamente, tienen a partir de ahora, y con un plazo de uno o dos años según los casos, el reto de garantizar que todos sus procedimientos puedan hacerse a través de Internet y de que todos los sistemas, sean de la AGE o de las Administraciones autonómica y local, sean compatibles y posibiliten el intercambio seguro de datos e información a través de plataformas de intermediación. Esto permitirá a los usuarios no tener que aportar documentos que ya obren en poder de las Administraciones o que hayan sido producidos por éstas.
En cuanto a las personas físicas, o particulares, éstas siguen manteniendo el derecho de opción ya establecido en 2007 en la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, lo que significa que pueden elegir la relación electrónica o la convencional presencial para gestionar sus asuntos administrativos.
No obstante, con el objetivo de impulsar el incremento del porcentaje de ciudadanos que utiliza Internet, y que actualmente es solo de un 49,4% (según datos de la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital), la Ley 39/15 compromete a las propias Administraciones a fomentar la presentación de documentos vía telemática y a ayudar a aquellos que no tengan los medios o conocimientos adecuados para ello a través de Oficinas de Asistencia.