El BOE publica el reparto de fondos para la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual, con 6,89 millones de euros para Andalucía
22/06/2022
Esta cantidad se suma a los 2,9 millones de euros que se destinaron en 2021, lo que supone un total de 9,8 millones para la comunidad andaluza
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el reparto entre las comunidad autónomas de 36,4 millones de euros de los fondos europeos destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de los que Andalucía contará con 6.892.268,77 euros en 2022, que sumados a los 2.953.829,47 que se destinaron en 2021, suponen un importe total de 9.846.098,24 euros.
Este dinero se destinará a la creación de centros de asistencia integral 24 horas a víctimas de violencia sexual en todas las provincias andaluzas, ya que se implantará al menos uno en cada provincia. En España hay 52 provincias y únicamente dos provincias cuentan actualmente con este tipo de centro: Madrid en 2019 y Asturias en 2020.
Los centros de atención a víctimas de violencia sexual 24 horas atenderán a mujeres mayores de 16 años víctimas y supervivientes de violencia sexual, tanto si la violencia se ha producido de forma reciente, como en el pasado. Para acceder a ellos, no será necesaria la interposición de una denuncia y el enfoque estará centrado en la víctima y superviviente.
El trabajo en estos centros se adaptará a las demandas, tiempos y necesidades de las víctimas y las personas profesionales del centro tendrán formación especializada en género, enfoque de género, derechos humanos, interseccionalidad, violencia contra las mujeres, violencias sexuales, trauma, crisis y emergencia.
Estándares internacionales
Los estándares internacionales de derechos humanos establecen que los estados tienen el deber de poner a disposición de las víctimas de todas las formas de violencias sexuales recursos y servicios especializados en violencia sexual para ofrecer información, atención integral, acompañamiento a las instituciones (policiales, sanitarias, judiciales, de servicios sociales, etc.) y asistencia jurídica especializada.
En este sentido, el Convenio de Estambul establece en su artículo 25 la obligación de “permitir la creación de centros de ayuda de emergencia para las víctimas de violaciones y de violencias sexuales, apropiados, fácilmente accesibles y en número suficiente, para realizarles un reconocimiento médico y médico forense, y darles un apoyo vinculado al traumatismo y consejos”. El GREVIO ya recomendó al Gobierno de España en su primer informe de evaluación llevado a cabo en España a “tomar medidas que establezcan un número suficiente de centros de ayuda de emergencia para las víctimas de violencia sexual”.
Con el objetivo de adaptar la normativa europea a las recomendaciones del grupo de expertas del GREVIO, la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, ya recoge en su artículo 32 el derecho a la atención integral especializada: “Las mujeres víctimas de violencias sexuales tienen derecho a una atención de emergencia y crisis y de recuperación en el largo plazo que les ayude a superar las consecuencias físicas, psicológicas, sociales o de otra índole derivadas de la violencia”.