Ocio Nocturno

Cifuentes solicita al Ayuntamiento que declare “Zonas de Acción Prioritaria” para combatir el botellón

Durante la reunión hemos estado tratando varios asuntos. Me han trasladado los representantes de la asociación la negativa influencia que para ellos tiene el consumo descontrolado de alcohol, el fenómeno del botellón en las calles de Madrid, por lo que supone como competencia, lógicamente a los propios negocios sino la venta de alcohol descontrolada y sin unas garantías, que además muchas veces no se sabe ni lo que se está consumiendo, no solamente alcohol sino también en muchas ocasiones productos alimenticios que se venden en la calle sin ningún tipo de garantía. Hay una competencia desleal que viene derivada de este botellón y también de la venta incontrolada de la comida y de la bebida por parte de los denominados lateros. En este sentido yo quiero decirles que la Delegación de Gobierno, compartimos la inquietud de los empresarios del ocio nocturno respecto a la venta y consumo de alimentos en la vía pública no solo por la competencia desleal, que ya he dicho que puede suponer a estos establecimientos, sino porque deteriora la calida de vida de muchas zonas de Madrid y genera problemas no solamente sanitarios sino también de seguridad en la vía pública y la vía pública es un asunto donde, bueno, pues a nosotros nos preocupa y recibimos permanentemente en la Delegación de Gobierno quejas de vecinos, asociaciones de vecinos que padecen las molestias del botellón y del consumo incontrolado de alcohol en las calles. He informado a la Asociación que me he dirigido recientemente al Ayuntamiento de Madrid, para pedirles que en determinadas zonas de la ciudad, específicamente en la calle Julián Romea y aledaños y aquellas otras donde se esté produciendo el fenómeno del botellón de una manera muy significativa, pueda ser declarada por el Ayuntamiento como zona de acción prioritaria, a los efectos de poder garantizar el cumplimiento de la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas de acuerdo con lo que establece la Ley
5/2002 de 27 de junio de drogodependencias y otros trastornos adictivos, de la Comunidad de Madrid, específicamente en el artículo 30.3 que es el que prohibe específicamente este tipo de consumo en la calle y en aquellos establecimientos sobre todo que no están expresamente autorizados para ello, pues el incumplimiento de los requisitos pues daría lugar lógicamente a la incoación de una serie de expedientes sancionadores. Respecto a la venta incontrolada de bebidas y alimentos quiero informarles que la Delegación del Gobierno ha efectuado dos propuestas en este sentido al Ministerio del Interior para su inclusión en la nueva Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana que en esto momentos el Ministerio está estudiando. En primer lugar, la posibilidad de establecer sanciones para aquellos que mantienen los denominados pisos francos que surten a los lateros, que venden bebidas junto a los locales de ocio nocturno y en segundo lugar que la venta callejera de alimentos preparados se incluya como delito específico contra la salud pública, porque entendemos que verdaderamente se está haciendo, se está corriendo un riesgo, en cuanto que se están comercializando alimentos preparados sin ningún tipo de control por parte de las autoridades.
 

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