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Comisión Nacional de la Administración Local (CNAL)
La Comisión Nacional de Administración Local es el órgano permanente para la colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración Local.
La Comisión Nacional de Administración Local se estructura en los siguientes órganos: el Pleno y dos Subcomisiones, que son la Subcomisión de Cooperación con la Administración Local y la Subcomisión de Régimen Económico, Financiero y Fiscal.
Tanto el Pleno como las Subcomisiones deberán reunirse, como mínimo, dos veces al año.
Es competencia de esta Comisión:
- Emitir informe en los siguientes supuestos:
- Anteproyectos de Ley y proyectos de disposiciones administrativas de competencia del Estado en las materias que afecten a la Administración Local.
- Criterios para las autorizaciones de operaciones de endeudamiento de las Corporaciones Locales.
- Previamente y en los supuestos en que el Consejo de Ministros acuerde la aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Efectuar propuestas y sugerencias al Gobierno en materia de Administración Local y, en especial, sobre:
- Atribución y delegación de competencias en favor de las Entidades Locales.
- Distribución de las subvenciones, créditos y transferencias del Estado a la Administración Local.
- Participación de las Haciendas locales en los tributos del Estado.
- Previsiones de los Presupuestos Generales del Estado que afecten a las Entidades Locales.