Las ayudas al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Illes Balears pueden solicitarse ya a través de www.mpt.gob.es

10/08/2011

A partir de mañana, 11 de agosto


  • Toda la tramitación y la incorporación de documentos se realizará por vía electrónica
  • Las subvenciones cuentan con una dotación total de 3 millones de euros

El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, a través de la Delegación del Gobierno en Illes Balears, pone a disposición de los empresarios de las Illes Balears, a partir de mañana, una aplicación informática que permitirá la tramitación de las subvenciones al transporte marítimo y aéreo de mercancías.

El objetivo de estas ayudas es establecer un sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Illes Balears, entre éstas y la Península, o el efectuado entre las Illes y otros territorios de estados miembros de la Unión Europea y estados firmantes del acuerdo sobre el espacio económico europeo.

La Resolución que inicia el procedimiento se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado y abre el período de recepción de solicitudes. Tanto la presentación de las solicitudes, como toda la tramitación de las mismas, se realizará exclusivamente por vía electrónica a través de www.mpt.gob.es con un certificado digital, lo que supone una novedad con respecto a convocatorias anteriores. Esto va a dar más facilidades en la presentación de las solicitudes, además de propiciar una mayor agilidad en la gestión y concesión de las ayudas.

COMPENSACIÓN AL HECHO INSULAR

Estas subvenciones, con una dotación de tres millones de euros, atienden al hecho insular para corregir o compensar un conjunto de desventajas que afectan, entre otros ámbitos, al transporte y las condiciones de abastecimiento de materias primas en la fabricación de los productos finales, así como la salida o entrada de los mismos de las islas.

El sistema de concesión de estas compensaciones tiene en cuenta a sectores de atención preferente como la industria de la madera, peletería, calzado, cuero, marroquinería, confección, bisutería y joyería, productos artesanales, productos transformados o artículos para nutrición humana.

Pueden ser beneficiarios de las ayudas tanto los empresarios remitentes de mercancías como los empresarios receptores de las mismas. En las convocatorias de años anteriores, se han beneficiado de las ayudas en torno a 600 empresarios.

SOLICITUDES Y PLAZOS DE LAS AYUDAS

El formulario y los documentos electrónicos necesarios para cumplimentar y presentar las solicitudes de ayudas están disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública (https://sede.administracionespublicas.gob.es) y el plazo de recepción de solicitudes es de un mes.

Teléfonos de información: 971 989 429 / 971 989 400