Subdelegada del Gobierno
Soledad Inmaculada Ten Bachero
Licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia, cuenta con el Curso de Postgrado U.P.V “Especialista en Gestión informatizada contable financiera, económica y de auditoría”
Funcionaria de carrera. Grupo A1, del sector de Administración General de la Universitat Jaume I.
Ha ejercido como Vocal de la Junta electoral de la Universitat Jaume I desde 2005 hasta la actualidad. Miembro de la Comisión Económica de la Universitat Jaume I desde 2016 a la actualidad a propuesta de la Junta de personal de Administración y Servicios.
A lo largo de su vida profesional, ha participado en múltiples cursos sobre gestión económica y financiera, sistemas presupuestarios, organización y planificación del trabajo.
Nacida en L’Alcora (Castelló) en 1964.
SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN CASTELLÓN
Plaza Mª Agustina, 6
12071 - Castelló de la Plana (Castelló/Castellón)
Teléfonos:
- 964759000
Faxes:
- 964759009
Horario:
A partir de la fecha en que la provincia de Castellón acceda a la Fase II del Plan para la Transición hacía la nueva Normalidad se procederá a la reapertura del sistema de cita previa para los trámites indicados en la unidad de atención al ciudadano ( OIAC), en la Oficina de Extranjería y en el Centro de Vacunación Internacional.
En caso de que deba acudir a cualquier sede de la Subdelegación a realizar un trámite para el que haya sido citado, se recuerda la necesidad de cumplir las normas higiénico-sanitarias (uso de mascarillas, higiene de manos, respetar la distancia de seguridad) así como acudir con puntualidad dada la limitación del aforo.
Como norma general sólo se permitirá el acceso a la persona interesado salvo que por tratarse de una persona dependiente u otra causa justificada sea necesario que vaya acompañada.
Se informa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del RD 537/2020 de 23 de mayo de prórroga del estado de alarma, con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, y conforme al artículo 10, con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones.